Permite que todas las empresas de ejercicio privado pertenecientes al rubro de alimentos para animales, puedan informar al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) el inicio de sus actividades. Esta información sirve para controlar que la producción y comercialización de estos productos se ajuste a los requisitos exigidos en la normativa vigente.
Este trámite está dirigido a fabricantes, elaboradores, importadores, distribuidores, almacenes y locales de expendio de alimentos, suplementos, aditivos e ingredientes destinados a la alimentación animal.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPropietarios y representantes legales de fábricas, elaboradoras, importadoras, distribuidoras, almacenes y locales de expendio de alimentos completos, suplementos, aditivos e ingredientes (animales, vegetales y minerales) destinados al consumo animal, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Poseer clave única del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), si realiza el trámite vía online.
- Cumplan lo establecido en los requisitos según la actividad a desarrollar:
- Fábricas de alimentos y suplementos (Resolución N° 5.580 del 14/10/2005).
- Fábricas de ingredientes de origen animal (Resolución N° 2.487 del 11/5/2009).
- Locales de expendio (Resolución N° 1.706 del 7/1/1983).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario de comunicación de inicio de actividades para establecimientos de productos destinados a la alimentación animal. El documento debe ser presentado en duplicados originales, firmados y timbrados por el propietario o su representante legal.
- Documento otorgado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) que acredite su inicio de actividades con el giro que comunica al SAG.
- Permiso municipal.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másEn el caso de cesar alguna actividad de manera temporal o definitiva, el propietario o representante del establecimiento debe comunicarlo al Servicio.
- Formulario para la comunicación de cierre de actividades para establecimientos de productos destinados a la alimentación animal.
- Cualquier cambio que experimenten los datos declarados por el establecimiento, deberá ser informado al SAG.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, seleccione "comunicación inicio act. alimentación animal".
- Escriba su rut y clave, y haga clic en "autenticar". Si no posee clave única, solicítela.
- Complete los datos requeridos en el formulario, y haga clic en "guardar". Se desplegará la información de su establecimiento. Puede modificar los datos y agregar otras instalaciones.
- Haga clic en "adjuntar" para agregar el documento otorgado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el permiso municipal de la casa matriz.
- Haga clic en "guardar". Se mostrará la opción de agregar (que se debe utilizar en caso de tener otras instalaciones fuera de la casa matriz).
- Haga clic en "enviar".
- Como resultado del trámite, habrá comunicado el inicio de actividades.
Importante:
- Recibirá una notificación vía correo electrónico del SAG informando el resultado de su trámite:
- Si es rechazado, el correo le indicará los motivos y pasos a seguir.
- Si es aprobado, haga clic en reporte para obtener una copia timbrada de su trámite, la que podrá imprimir.
- Reúna los antecentes requeridos.
- Diríjase a la oficina sectorial de la comuna donde se ubica el establecimiento.
- Explique el motivo de su visita: comunicar el inicio de actividades de establecimientos destinados a la alimentación animal.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá informado el inicio de actividades. Quedará inscrito de forma inmediata, y recibirá una copia timbrada de la declaración.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másArtículo N° 14 del decreto supremo Nº 307 de 1979 y sus modificaciones posteriores. Reglamento de Alimentos para Animales.