Certificado de pago de deuda fiscal

Última actualización:

Permite a personas naturales y jurídicas solicitar un certificado para acreditar el pago de deudas fiscales.

El trámite se puede realizar durante todo el año en oficinas y en el sitio web de Tesorería.

Persona natural o jurídica. 

Si el trámite es realizado por:

  • El interesado:
  • Un tercero:
    • Cédula de identidad del contribuyente y del mandatario (vigentes).
    • Poder notarial que lo faculta para realizar el trámite.
  • Un representante legal:
    • RUT del contribuyente.
    • Cédula de identidad del representante legal.
    • Escritura pública de constitución de la empresa.
    • Certificado de vigencia de la escritura pública.
  • Una persona distinta al representante legal:
    • RUT del contribuyente.
    • Cédula de identidad del mandatario vigente.
    • Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal.
    • Escritura pública.
    • Certificado de vigencia de la escritura pública.
    • Poder notarial que faculta hacer este trámite.

Importante:

  • Para el trámite en línea: todos los documentos deben ser digitalizados (escaneados).
  • Para el trámite en oficina: debe presentar documentos originales.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "ir al certificado".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUT y clave, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, cree una cuenta.
  4. Siga las instrucciones que aparecen en pantalla.
  5. Como resultado del trámite, obtendrá el certificado inmediatamente.

Si requiere más información, llame al +56 2 2768 98 00.

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Tesorería General de la República más cercana.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar un certificado de pago de deuda fiscal.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, obtendrá el certificado.

Si requiere más información, llame al +56 2 2768 98 00.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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