Inscripción en registro de corredores de bolsa y agentes de valores de la Comisión para el Mercado Financiero

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Permite a las personas que cumplan los requisitos inscribirse en el registro de corredores de bolsa y agentes de valores, a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), con el propósito de dedicarse a las operaciones de corretaje de valores.

Los bancos y sociedades financieras no están obligados a inscribirse en este registro para efectuar las funciones de intermediación, según las facultades que les otorga la Ley General de Bancos.

El trámite se puede realizar durante todo el año.

Personas que deseen operar como corredores de bolsa o agentes de valores y cumplan los requisitos establecidos en el título VI de la Ley N° 18.045. 

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de partes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, piso 1, Santiago. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción en el registro de corredores de bolsa y agentes de valores.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de 30 días hábiles.

Importante: la CMF puede suspender este plazo si envía una comunicación por escrito pidiendo información adicional, que se modifique el requerimiento o se rectifiquen los antecedentes por no ajustarse a las normas establecidas. El plazo se reanudará una vez que los interesados cumplan con lo solicitado. 

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos en un sobre a la oficina de partes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, piso 1, Santiago.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de 30 días hábiles.

Importante: la CMF puede suspender este plazo si envía una comunicación por escrito pidiendo información adicional, que se modifique el requerimiento o se rectifiquen los antecedentes por no ajustarse a las normas establecidas. El plazo se reanudará una vez que los interesados cumplan con lo solicitado. 

- Instrucciones trámite en el Consulado

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