En la autorización que otorga la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a las entidades que cuentan con las condiciones necesarias, para convertirse en empresas de depósito de valores.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEntidades que deseen operar como empresas de depósito de valores y cumplan los siguientes requisitos:
Los establecidos en el Título XIII de la Ley N° 18.046 y el Título II de la Ley N° 18.876.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másDocumentación exigida en el Título XIII de la Ley N° 18.046.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- En oficina, diríjase a la oficina de partes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en Avda. Libertador Bernando O'Higgins N° 1449, primer piso. Horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 13:30 hrs.
- El resultado del trámite es la resolución de aprobación de existencia de Empresas de Depósito de Valores y emisión de certificado.
- Para efectuar cualquier trámite (tales como inscripciones en los Registros que mantiene la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), aprobaciones y autorizaciones de existencia, reglamentos internos, contratos o pólizas de seguros, modificaciones o anotaciones), se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente. Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago