Es un beneficio no postulable que permite a todas las personas que hayan adquirido viviendas con subsidio, optar al pago del seguro de cesantía sin importar el monto del crédito inicial.
Además, quienes se encuentren al día con el pago de sus dividendos, contarán con un beneficio adicional que consiste en rebajar el monto del crédito hipotecario, según sea el monto inicial:
Monto del crédito |
Subvención mensual por pago oportuno |
Hasta 500 UF |
20% |
Entre 501 y 900 UF |
15% |
Entre 901 y 1.200 UF |
10% |
¿A quién va dirigido?
Conocer másA personas que hayan adquirido su vivienda con los programas de subsidio habitacional DS40 y DS1, que hayan solicitado crédito hipotecario con una entidad financiera y que sean propietarios sólo de la vivienda en que se aplicó el subsidio.
Detalles
Conocer másImportante:
- En caso de estar atrasado en el pago del crédito, debe acudir a la entidad bancaria donde solicitó el financiamiento, para que pueda quedar al día y recibir el beneficio.
- Si renunció al seguro de cesantía, podrá volver a adquirirlo. La cobertura del seguro no se pierde si hay atraso en el pago del dividendo.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.