Consiste en la Aprobación de los Reglamentos Internos de las Cámaras de Compensación.
El resultado es la resolución Exenta que aprueba los Reglamentos Internos y sus modificaciones.
¿A quién va dirigido?
Conocer másCámaras de compensación que cumplan los requisitos del Título XIX de la Ley Nº 18.045.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Diríjase a la Oficina de Partes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Avda. Libertador Bernardo O'Higgins 1449, piso 1º. Horario de atención: de lunes a viernes de 09:00 a 13:30 horas.
- El resultado del trámite es la resolución Exenta que aprueba los Reglamentos Internos y sus modificaciones.
- Para efectuar cualquier trámite (tales como inscripciones en los Registros que mantiene la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), aprobaciones y autorizaciones de existencia, reglamentos internos, contratos o pólizas de seguros, modificaciones o anotaciones), se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente.
- Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago.
- El resultado del trámite es la resolución Exenta que aprueba los Reglamentos Internos y sus modificaciones.
Marco Legal
Conocer másTítulo XIX de la Ley Nº 18.045