Corresponde a la aprobación de la solicitud expuesta por aquellas entidades que pretendan operar como Bolsas de Productos Agropecuarios, para que puedan existir como tales.
El resultado del trámite es la resolución de aprobación de existencia de Bolsas de Valores y emisión de certificado.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEntidades que deseen operar como Bolsas de Productos y que cumplan los requisitos establecidos en el título XIII de la Ley N° 18.046 y el Título I de la Ley N° 19.220.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másLos exigidos en el Título XIII de la Ley N° 18.046.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- En oficina, diríjase a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en Av Libertador Bernardo O´Higgins N°1449, piso 1, en horarios de 09:00 a 13:30 hrs.
- El resultado del trámite es la resolución de aprobación de existencia de Bolsas de Valores y emisión de certificado.
- Para efectuar cualquier trámite (tales como inscripciones en los Registros que mantiene la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), aprobaciones y autorizaciones de existencia, reglamentos internos, contratos o pólizas de seguros, modificaciones o anotaciones), se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente.
- Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago.
- El resultado del trámite es la resolución de aprobación de existencia de Bolsas de Valores y emisión de certificado.
Marco Legal
Conocer más- Título XIII de la Ley N° 18.046
- Título I de la Ley N° 19.220.