Una vez recibida la solicitud, se revisan los antecedentes y posteriormente se autorizan los planes de ahorro previsional voluntario para corredores de bolsa y agentes de valores.
En caso de ser aprobado se emite una Resolución Exenta.
¿A quién va dirigido?
Conocer másCorredores de bolsa y agentes de valores que cumplan con los requisitos de:
Los del título VI de la Ley N° 18.045, de la Circular N° 2.171, Norma de Carácter General N° 226 y Norma de Carácter General N° 227
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másCompletar el Formulario N°1, uno por cada agente que requiera pagar por la inscripción.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- En internet vaya al sitio www.cmfchile.cl , donde está disponible el Formulario N°1.
- El resultado del trámite es la Resolución Exenta que aprueba los planes de ahorro previsional voluntario.
- Para efectuar cualquier trámite (tales como inscripciones en los Registros que mantiene la CMF, aprobaciones y autorizaciones de existencia, reglamentos internos, contratos o pólizas de seguros, modificaciones o anotaciones), se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente. Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago, y el horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
- El resultado del trámite es la Resolución Exenta que aprueba los planes de ahorro previsional voluntario.
- Se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente. Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago, y el horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
Marco Legal
Conocer másTítulo VI de la Ley N° 18.045, de la Circular N° 2.171, Norma de Carácter General N° 226 y Norma de Carácter General N° 227