Permite solicitar un análisis técnico para revisar el cumplimiento de los requisitos de seguridad, dimensiones y funciones de vehículos motorizados livianos medianos y motocicletas.
¿A quién va dirigido?
Conocer másFabricantes, distribuidores, armadores, importadores de vehículos, sus representantes legales o ciudadanos.
Detalles
Conocer másEl procedimiento es para vehículos nuevos, de un mismo modelo, importados por una misma persona para su uso en la región Metropolitana, de Valparaíso o la de O'Higgins, en volúmenes que no excedan tres vehículos en el período de un año. Si los vehículos fueran importados para otras regiones, deberá hacerse a través de la revisión especial de gases, para lo cual se debe solicitar al SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones la respectiva autorización para realizar la revisión en una planta de revisión técnica designada por éste.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Solicitud de homologación individual para un modelo de vehículo determinado.
- Fotocopia de declaración de importación del vehículo.
- Fotocopia de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados (si posee).
- Acreditación de la norma de emisión vigente mediante alguna de las siguientes opciones:
- Certificado emitido por el fabricante del vehículo o una entidad de certificación reconocida.
- Certificado emitido por el representante de la marca en Chile.
- Fotocopia del manual del propietario en el que señale el cumplimiento de la norma de emisión.
- Para el caso de vehículos de procedencia desde Estados Unidos, fotografía de la etiqueta que se encuentra adherida al interior del vehículo o motocicleta (en el capot en caso de ser un automóvil) en la cual se señala la norma de emisión de escape que cumple éste.
- Ensayos de emisiones realizados en el 3CV.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másEl certificado de homologación individual tendrá una vigencia entre 24 a 36 meses.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV), ubicada en Vicente Reyes 198, Maipú, región Metropolitana. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la homologación individual de un modelo de vehículo liviano y mediano de importación directa.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la homologación.
Importante:
- Si la revisión de estos antecedentes deriva en observaciones, éstas serán informadas a la persona interesada, quien deberá solucionarlas e informarlas al 3CV.
- En un plazo de cinco días contados desde la fecha de comunicación al 3CV de la disponibilidad del vehículo para realizar los ensayos, éste informará por escrito a la persona interesada la fecha de programación para la ejecución de las pruebas.
- El vehículo deberá presentarse en el centro de acuerdo a la programación definida por éste, para la realización de los ensayos y verificaciones respectivas.
- En el caso de que el vehículo cumpla con la constatación de los requisitos de seguridad, dimensionales y funcionales junto con la acreditación de la norma de emisión, el Centro de Control y Certificación Vehicular otorgará el respectivo Certificado de Homologación Individual (CHI).
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másEl costo del trámite se encuentra definido por el Decreto Supremo (DS) Nº 33 de 2004, del Ministerio de Trasportes y Telecomunicaciones.
Marco Legal
Conocer más- Decreto Supremo (DS) Nº 211 de 1991, que establecen los niveles máximos de emisión de contaminantes.
- Decreto Supremo (DS) Nº 54 de 1994, que establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos.
- Decreto Supremo (DS) Nº 26 de 2000, que establece los elementos de seguridad aplicables a los vehículos motorizados.
- Decreto Supremo (DS) Nº 22 de 2006, que dispone requisitos que deben cumplir los sistemas de frenos, luces, señalizadores, aparatos sonoros, vidrios, dispositivos de emergencia y rueda de repuesto con que deberán contar los vehículos motorizados.
- Decreto Supremo (DS) Nº 160 de 1997, que fija condiciones de otorgamiento y características de certificados de homologación individual.
- Decreto Supremo (DS) Nº 104 de 2000, que establece normas de emisión para motocicletas.
- Decreto Supremo (DS) Nº 36 de 2001, sobre homologación de motocicletas.
- Decreto Supremo (DS) Nº 54 de 1997, que dispone Normas sobre Homologación de Vehículos.
- Decreto Supremo (DS) Nº 66 de 2003, modifica 104/2000 que establece normas de emisión para motocicletas.