Permite solicitar la autorización de las obras e instalaciones de telecomunicaciones. La Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) verifica que el otorgamiento (o modificación) del permiso o concesión ha sido implementado en los términos en que fue solicitado por el proyecto técnico presentado a SUBTEL.
¿A quién va dirigido?
Conocer másConcesionarios y permisionarios de:
- Servicio público de telefonía móvil.
- Servicio público de telefonía fija.
- Servicio intermedio.
- Servicio de radiodifusión televisiva.
- Servicio de radiodifusión sonora.
- Servicios limitados de telecomunicaciones.
- Servicio intermedio de telefonía de larga distancia.
Detalles
Conocer másFuncionarios o funcionarias de SUBTEL verifican que las obras estén de acuerdo con el proyecto técnico presentado, constatando la dirección, frecuencias, potencia, coordenadas geográficas, certificados, autorizaciones y documentos pertinentes que correspondan.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPara servicio público de telefonía móvil y transmisión de datos móviles:
Para estaciones bases nuevas:
- Aviso de instalación de la infraestructura física que soporta a las antenas, debe ser presentado a la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva.
- Certificado de inscripción de instalación eléctrica interior emitido por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
- Contrato de arriendo.
- Protocolo de recepción de obras (anexo 2).
Para estaciones base colocalizadas:
- Contrato de autorización de empresa (estaciones base colocalizadas).
- Aviso de instalación de antena a la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 5.1.2 de la ordenanza general de urbanismo y construcción.
- Certificado de inscripción de instalación eléctrica interior emitido por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
- Protocolo de recepción de obras (anexo 2).
Para el servicio de radiodifusión sonora:
- Carta de solicitud que deberá estar encabezada por la siguiente información:
- Nombre de la concesión.
- Rut de la concesión.
- Tipo de servicio (frecuencia modulada/comunitaria ciudadana/amplitud modulada).
- Señal distintiva.
- Región y comuna.
- Número y fecha decreto/resolución cuyas obras e instalaciones han de recepcionarse.
- Fecha de publicación en el Diario Oficial.
- Nombre, Rut, teléfono de contacto, correo electrónico y firma del o de la representante legal o técnico responsable de la concesión.
- Protocolo de recepción de obras anexo 1 opción procedimiento de recepción de obras de radiodifusión sonora.
- Aviso de instalación de antena a la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva.
Para los demás servicios:
- Carta de solicitud de recepción de obras, según lo indicado en el artículo 3 de la resolución 4264/2012.
- Decreto o resolución que autoriza el permiso/concesión.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Ingrese a la plataforma de transferencia electrónica de su empresa, con el código de acceso asignado.
- Seleccione la opción de solicitud de recepción de obras.
- Complete los datos, adjunte los antecedentes requeridos, y haga clic en "enviar".
- Como resultado del trámite, habrá enviado la solicitud. Obtendrá respuesta mediante un oficio con firma electrónica avanzada en un plazo máximo de 30 días hábiles.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), ubicada en Amunátegui 139, piso 1, Santiago. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
- En regiones, diríjase a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones (SEREMITT) o a las sedes de las macro zonas de SUBTEL, ubicadas en:
- Explique el motivo de su visita: solicitar la recepción de obras de personas naturales o empresas de telecomunicaciones.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. En un plazo aproximado de 30 días hábiles, obtendrá una respuesta mediante un oficio de la SUBTEL.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones.
- Resolución exenta Nº 3103, de 2012, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
- Resolución exenta Nº 4264, de 2012, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
- Oficio circular Nº 136, de 2012, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
- Ordenanza general de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Resolución exenta Nº 4726, de 2013, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.