Descripción:
Procedimiento de aprobación de las medidas de seguridad que deben tener las estaciones de servicios o bombas bencineras, en todas sus formas, resuelto por la Prefectura de Carabineros correspondiente al domicilio de la instalación.
En que consiste:
Presentación de una solicitud de aprobación de las medidas de seguridad de un establecimiento de venta de combustible, conforme a formato establecido para ello.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEstablecimientos de venta de combustible al público, (estaciones de servicio o bombas bencineras)
Propietario o administradores de estaciones de servicio o bombas bencineras, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Presentación de una solicitud de aprobación de medidas de seguridad.
- Documento que contenga la descripción de las medidas de seguridad dispuestas para el establecimiento
- La medidas de seguridad mencionadas deben tender a proteger la vida e integridad física de los trabajadores y el publico en general, proteger el patrimonio de la empresa y considerar los factores socio delictuales de su entorno e historial de ilícitos que le hubieren afectado.
- Cumplir con el formato tipo, establecido por Carabineros de Chile, el cual está a disposición de los interesados en las respectivas Autoridad Fiscalizadoras y el sitio web www.carabinerosdechileos10.cl
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másFormato tipo, establecido por Carabineros de Chile, a disposición de las entidades en las respectivas Autoridad Físcalizadoras.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer másEn la Autoridad Fiscalizadora (Prefectura de Carabineros) correspondiente al domicilio comercial de la entidad.
El resultado del trámite será: Autorización de las medidas de seguridad de la estación de servicio o bomba bencinera, dispuesta por la Autoridad Fiscalizadora correspondiente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másConforme a publicación de sitio web www.carabinerosdechileos10.cl.
Marco Legal
Conocer másLas medidas de seguridad, podrán ser fiscalizadas por la Autoridad Fiscalizadora respectiva, en el ejercicio de sus facultades, establecidas en el artículo 9° de la Ley N° 19.303. Las disposiciones legales que regulan esta particular materia, se encuentran contenidas en la Ley 19.303 y su reglamento; Decreto Supremo N° 1.772, ambos de 1994.