Fondo Organización Regional de Acción Social (ORASMI)

Última actualización:

Accede, de manera transitoria, al Fondo de Organización Regional de Acción Social (ORASMI) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que tiene como objetivo apoyar económicamente para bienes y servicios, los cuales deben complementarse con aportes familiares y/u otras instituciones públicas o privadas que dispongan de recursos.

Dirígete directamente al Departamento de la Delegación Presidencial Regional o Provincial correspondiente a tu domicilio.

Personas chilenas o extranjeras que se encuentren en situación de vulnerabilidad acreditada mediante un informe social emitido por un o una profesional, con respaldo institucional.

Importante: la persona extranjera debe contar con cédula de identidad vigente o demostrar situación migratoria regular.

El programa ORASMI contempla ayudas relacionadas con las siguientes áreas:

  • Salud:
    • Adquisición o aportes para la compra de medicamentos, insumos y/o tratamientos médicos.
    • Aportes para copagos o programas médicos (Fonasa o Isapre) por intervenciones quirúrgicas u hospitalizaciones prescritas por un o una profesional del área de la salud del sector público o privado del territorio nacional.
    • Adquisición y/o aportes para la compra de insumos quirúrgicos requeridos por los y las pacientes.
    • Aportes para la atención, tratamientos y/o intervenciones quirúrgicas, tanto odontológicas como oftalmólogos, cuyos fines no sean estéticos ni preventivos.
    • Aportes para la realización de exámenes y/o procedimientos médicos.
  • Vivienda y habitabilidad:
    • Aportes para completar ahorro previo, con el propósito de postular los programas vigentes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).
    • Adquisición o aportes para la compra de viviendas de emergencia.
    • Aportes o pagos de dividendos en mora para viviendas en riesgo de remate.
    • Pago de arriendo: en situaciones acreditadas como transitorias. Monto total máximo del aporte 42 Unidades de Fomento (UF).
    • Aportes para el pago de pensiones, hostales y alojamientos. Monto total de aporte no puede ser superior a 42 UF.
    • Adquisición de enseres y artefactos básicos del hogar.
    • Aportes para generar convenios para el pago de deudas de servicios básicos.
    • Aportes para el pago de evaluación de factibilidad de conexión eléctrica.
    • Aportes para el pago del servicio de limpieza de fosa séptica en sectores rurales.
    • Aportes para el pago de insumos requeridos para la construcción de huertas familiares, incluyendo materiales de construcción para pequeños huertos, semillas e insumos.
  • Educación:
    • Aportes para pagar matrículas y/o aranceles de estudiantes que se encuentren con una aprobación de al menos el 50% de su carrera de educación superior como universidades, Centros de Formación Técnica (CFT) e Institutos Profesionales (IP) reconocidos por el Ministerio de Educación (Mineduc), o se encuentren cursando carreras acreditadas.
    • Aportes para el pago de derechos de titulación y egreso de carreras de educación superior como universidades, CFT e IP reconocido por el Mineduc.
    • Aportes para el pago de matrículas y mensualidades de colegios particulares y subvencionados.
    • Adquisición de uniformes formales y deportivos, calzado, útiles escolares e implementos de apoyo al aprendizaje para estudiantes que no estén incluidos como beneficiarios o beneficiarias en los programas regulares de la Junta de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB) u otros organismos.
    • Aportes para el pago de cursos de aprendizaje del idioma español a población inmigrante regular.
    • Aportes para el pago de convalidación de títulos profesionales de personas refugiadas y(o solicitantes de refugio.
  • Asistencia social:
    • Adquisición de alimentos, artículos de higiene y leña.
    • Aportes para la adquisición de pasajes para traslado a otras ciudades por razones de salud, educación, riesgo de vulneración de derechos, necesidades laborales y/o para la realización de trámites de repatriación de una ciudadana o un ciudadano chileno fallecido en el extranjero.
    • Aportes para el pago de servicios funerarios.
    • Aportes para el pago de documentación emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCel), Conservador de Bienes Raíces (CBR), notarías y archivos judiciales. Solo aplica para situaciones de emergencias respaldadas por un acto administrativo, y/o para personas que residan en una zona extrema o aislada y/o vivan en situación de vulneración de derechos de niños, niñas o adolescentes.
    • Aportes para la adquisición de vestuario y calzado requerido por personas que viven en zonas extremas del país, o bien hayan perdido sus bienes debido a una emergencia.
    • Pago de flete o mudanza, cuyo origen esté dado por razones de riesgo que afecten a un miembro del grupo familiar.
    • Aportes para cargas de gas, compra de leña o pellet para calefacción.
  • Capacitación y emprendimiento laboral:
    • Aportes para la adquisición de bienes, herramientas y/o insumos de trabajo que permitan el desarrollo de un oficio.
    • Aportes para comprar bienes, herramientas o insumos para actividades vinculadas a la comercialización de alimentos u objetos. Es necesario contar con los permisos respectivos para desarrollar la actividad.
    • Aportes para el pago de arancel de cursos de capacitación laboral no incluidos en programas desarrollados por otros organismos de gobierno.
    • Aportes para mejorar o reparar infraestructura de espacios donde se desarrollen microemprendimientos.
  • Discapacidad:
    • Adquisición o aportes para el financiamiento de ayudas técnicas, elementos y/o insumos que permitan su correo funcionamiento.

Importante: los fondos ORASMI no pueden destinarse a:

  • La entrega de aportes a instituciones públicas y privadas.
  • Financiar gastos de funcionamiento de las unidades operativas del Servicio del Gobierno Interior.
  • Contratar personal para las unidades operativas del Servicio de Gobierno Interior.
  • Constituir fondos globales (caja chica) para la atención de casos.
  • Constituir fondos para la adquisición por anticipado de bienes que no estén respaldados por las expectativas solicitudes de ayuda.

Dirígete al Departamento Social de la Delegación Presidencial Regional o Provincial correspondiente a tu domicilio con los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad vigente y fotocopia por ambos lados.
  • Informe social elaborado por una institución pública o privada que detalle tu situación.
  • Antecedentes que respalden tu petición de ayuda, como:

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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