Fondo Organización Regional de Acción Social (ORASMI)

Última actualización:

El Fondo de Organización Regional de Acción Social (ORASMI) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública tiene como objetivo otorgar atención transitoria a personas naturales que se encuentren en una condición de vulnerabilidad social.

Esta atención se materializa mediante la entrega de aportes económico, los cuales preferentemente deben ser complementarios a aportes de las familias y/o otras instituciones públicas o privadas que dispongan de recursos para la acción social.

El trámite se puede realizar durante todo el año mediante derivación o directamente en la intendencia, gobernaciones y en el Departamento de Acción Social de la Subsecretaría de Interior.

Personas naturales, chilenas y extranjeras con cédula de identidad chilena, que se encuentren en una situación de vulnerabilidad transitoria acreditada mediante un informe social proveniente de una institución pública o privada que haya detectado la necesidad posible de ser atendida a través del Fondo ORASMI.

El programa ORASMI contempla ayudas relacionadas con las siguientes áreas:

Salud:

  • Adquisición o aportes para la compra de medicamentos (incluida la alimentación especial y pañales), que no estén disponibles en el Servicio de Salud correspondiente y que no formen parte de las prestaciones garantizadas de las patologías consideradas en el AUGE–GES u otros programas específicos desarrollados por el Ministerio de Salud (MINSAL), prescritos por un o una profesional del área de la salud del sector público o privado del territorio nacional.
  • Adquisición o aportes para la compra de insumos y/o tratamientos médicos (incluye la rehabilitación física), que no estén disponibles en el servicio de salud correspondiente y que no formen parte de las prestaciones garantizadas de las patologías consideradas en el AUGE–GES u otros programas específicos desarrollados por el MINSAL, prescritos por un profesional del área de la salud del sector público o privado del territorio nacional.
  • Aportes para copagos o programas médicos (Fonasa o Isapres) por intervenciones quirúrgicas u hospitalizaciones prescritas por un profesional del área de la salud del sector público o privado del territorio nacional.
  • Aportes para la atención, tratamiento y/o intervenciones quirúrgicas tanto odontológicas como oftalmológicas.
  • Aportes para la realización de exámenes y/o procedimientos médicos.

Vivienda y habitabilidad:

  • Aportes para completar ahorro previo, a fin de postular a los programas vigentes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).
  • Adquisición o aportes para la compra de viviendas de emergencia.
  • Adquisición o aportes para la compra de materiales de construcción.
  • Aportes o pago de dividendos en mora para viviendas en riesgo de remate.
  • Pago arriendo: En situaciones acreditadas como transitorias. Monto total máximo del aporte 42 Unidades de Fomento (UF).
  • Aportes para el pago de pensiones, hostales y alojamientos. Monto total de aporte no puede ser superior a 42 UF.
  • Adquisición de enseres y artefactos básicos del hogar.
  • Aportes para generar convenios para el pago de deudas de servicios básicos.

Educación:

  • Aportes para cancelar matrículas en establecimientos de educación superior (universidades, centros de formación técnica, institutos) reconocidos por el Ministerio de Educación (Mineduc).
  • Aportes para el pago de cuotas de arancel de carreras de educación superior (universidades, centros de formación técnica, institutos) reconocidos por el Mineduc.
  • Aportes para pago de derechos de titulación y egreso de carreras de educación superior (universidades, centros de formación técnica, institutos) reconocidos por el Mineduc.
  • Adquisición de uniformes, calzado, útiles escolares y aportes para el pago de aranceles de beneficiarios que no estén incluidos en los programas regulares de la Junta de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB) u otros organismos.
  • Aportes para el pago de cursos de aprendizaje del idioma español a población inmigrante regular.

Asistencia social:

  • Adquisición de alimentos y artículos de higiene.
  • Aportes para la adquisición de pasajes para traslado a otras ciudades por razones de salud del acompañante del paciente trasladado.
  • Aportes para el pago de servicios funerarios.
  • Aportes para el pago de documentación obtenida del Registro Civil, Conservador de Bienes Raíces, notarías y archivos judiciales.
  • Aportes para la adquisición  de vestuario y calzado requerido por personas que viven en zonas extremas del país.
  • Pago de flete o mudanzas, cuyo origen este dado por razones de riesgo que afecten a algún miembro del grupo familiar.

Capacitación y emprendimiento laboral:

  • Aportes para la adquisición de máquinas y herramientas de trabajo que permitan la generación de ingresos de beneficiarios que no cumplan con los requisitos para acceder a programas de otros organismos.
  • Aportes para adquirir materiales e insumos que estén destinados al desempeño de un oficio individual y que apoye la generación de ingresos, de beneficiarios que no cumplan con los requisitos para acceder a los programas de otros organismos.
  • Aportes para el pago de arancel de cursos de capacitación laboral no incluidos en programas desarrollados por otros organismos de Gobierno.

Discapacidad:

  • Adquisición o aportes para el financiamiento de ayudas técnicas de acuerdo con lo establecido en el instructivo para la postulación de ayudas técnicas, del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).
  • Aportes para la adquisición de materiales para el acondicionamiento de la vivienda, que no tengan cobertura por Senadis.

Los fondos ORASMI no pueden destinarse a:

  • La entrega de aportes a instituciones públicas o privadas.
  • Financiar gastos de funcionamiento de las unidades operativas del Servicio de Gobierno Interior.
  • Contratar personal para las unidades operativas del Servicio de Gobierno Interior.
  • Constituir fondos globales (caja chica) para la atención de casos.
  • Constituir fondos para la adquisición por anticipado de bienes que no estén respaldados por las respectivas solicitudes de ayuda.
  • Cédula de identidad vigente y fotocopia por ambos lados.
  • Informe social elaborado por una institución pública o privada que detalle su situación.
  • Documentación que respalde la petición de ayuda: certificado médico, receta, cotizaciones, libreta de ahorro, cotizaciones, certificado de alumno regular, recibos de pago, etc.

Las derivaciones se pueden realizar a lo largo de todo el año, no obstante la documentación tiene una vigencia de seis meses.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase:
    • Al Departamento Social del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ubicado en Agustinas 1235, piso 5, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas.
    • A los departamentos sociales de las intendencias y gobernaciones que correspondan a su domicilio.  
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar una ayuda social a través del fondo ORASMI.
  4. Entregue los antecedentes requeridos. Se le agendará una entrevista con el o la profesional a cargo.
  5. Como resultado del trámite habrá solicitado el apoyo social, cuya respuesta podrá obtener, por teléfono o correo electrónico, en un plazo máximo de 30 días hábiles.

Importante:

En el caso de derivación para acceder a los fondos ORASMI, la institución pública o privada que detectó la necesidad debe hacer llegar el expediente del caso a la gobernación, intendencia o nivel central, según corresponda.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
3805

Los usuarios también visitaron

Cambio de nombre y/o apellido y rectificación de la partida de nacimiento

Permite cambiar el nombre y/o del apellido de una persona, y la consiguiente rectificación en su par...

Visa de residencia temporaria para extranjeros en Chile

Permite a personas extranjeras solicitar autorización legal para vivir en Chile por un período máxim...

Pensión de gracia otorgada por el Presidente de la República

Es un beneficio que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas que se encuentran...