Permite acceder a la entrega de un ajuar para el bautizo del niño o niña, el depósito de un monto variable de dinero en una libreta de ahorro para la vivienda y un diploma a nombre del menor.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPadres del hijo que tenga seis hermanos mayores o la hija que tenga seis hermanas mayores, sin importar que en medio existan hermanos del otro sexo. El hijo o la hija no debe haber sido bautizado/a aún.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta de solicitud de apadrinamiento, en la cual los padres expresan en forma escrita sus motivos para solicitar la gracia presidencial. Debe incorporar información de contacto.
- Fotocopia y original de la cédula de identidad del padre y la madre.
- Certificados de nacimiento de los/as siete hijos o hijas.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en ir al trámite.
- Haga clic en ingresar.
- Complete los datos requeridos y haga clic en enviar.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de apadrinamiento.
Se emitirá una ficha de inscripción y se dará inicio a la tramitación de los antecedentes en la intendencia o gobernación que corresponda, la que se contactará con el solicitante. En caso de que sea aceptada, será notificado por el canal acordado.
Si requiere más información, llame al +56 2 2486 33 30 o escriba a apadrinamiento@interior.gov.cl.
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
- Diríjase a la oficina de la intendencia regional o gobernación provincial más cercana a su domicilio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el apadrinamiento del séptimo hijo o hija.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de apadrinamiento. En caso de ser aceptada, será notificado por la gobernación o intendencia donde se inició el trámite por el canal acordado.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másCircular 15 del 11 de abril de 2002, del Ministerio del Interior.