Subsidio Fondo Solidario de Elección de Vivienda, D.S. N° 49

Acceder a una vivienda
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Permite a familias vulnerables que no son dueñas de una vivienda, acceder a un apoyo estatal para comprar una casa o departamento que no supere las 950 Unidades de Fomento (UF) sin crédito hipotecario en sectores urbanos o rurales, o bien, integrarse a una de las iniciativas de la nómina de proyectos habitacionales del SERVIU. 

Obtenga más información.

Ahorro mínimo: 10 Unidades de Fomento (UF), en una cuenta de ahorro para la vivienda a más tardar el 31 de agosto de 2020 (a las 14:00 horas). Cualquier depósito posterior a este horario, se hace efectivo al día siguiente.
Postulación en el sitio web del MINVU: del 22 al 30 de septiembre de 2020.

Personas chilenas o extranjeras mayores de 18 años que cumplan los siguientes requisitos:

  • Postular con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares.
  • Tener el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado en la fecha que corresponda (según el mes en que postulen).
  • Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).
  • Pertenecer al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo a la calificación socioeconómica establecida en el Registro Social de Hogares.
  • No poseer una vivienda ni ser beneficiarios de otro subsidio habitacional.

De modo excepcional, pueden postular sin núcleo familiar asociado quienes estén en alguna de estas condiciones, se debe presentar:

  • Tener discapacidad (acreditada por la COMPIN).
  • Ser adultos mayores de 60 años de edad o más.
  • Tener calidad de indígenas.
  • Ser viudos/as.
  • Estar reconocidos como víctimas en el informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura o en la nómina elaborada por la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.

El aporte del Estado está compuesto por un subsidio base de 314 UF que puede aumentar según la ubicación de la vivienda y al que se le suman subsidios complementarios, dependiendo de las características del grupo familiar que postula y de la vivienda que se busca comprar.

En general, los montos son:

  • Subsidio base desde 314 UF (varía según la comuna donde se ubica la vivienda).
  • Subsidios complementarios (según características de la vivienda y el grupo familiar):
    • Localización (zonas urbanas): 200 UF.
    • Factibilización (zonas rurales): 120 UF.
    • Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF.
    • Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF.
    • Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2): hasta 50 UF.
    • Premio al ahorro adicional (más de 10 UF al momento de postular): hasta 30 UF.

Obtenga más información sobre el subsidio solidario de vivienda (decreto supremo N° 49).

  • Cédula de identidad vigente (original y fotocopia).
  • Las personas extranjeras deben presentar certificado de permanencia definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
  • Declaración de núcleo familiar y de no propiedad habitacional.
  • Declaración jurada de postulación.
  • En caso de tener el ahorro en una entidad financiera en convenio con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Banco Estado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y Caja de Compensación Los Andes):
    • Fotocopia de la libreta de ahorro o certificación en que conste a lo menos el número y tipo de libreta o cuenta.
    • Mandato de Ahorro firmado por el titular de la cuenta de ahorro.
  • En caso de tener el ahorro en una entidad financiera sin convenio con el ministerio:
    • Certificado que da cuenta de los datos del titular,  tipo y número de cuenta, saldos semestrales, saldo final, fecha de apertura de la cuenta y fecha de emisión del certificado.
  • Si el postulante está divorciado y su cónyuge recibió un subsidio anteriormente (o tiene una propiedad inscrita a su nombre), debe presentar el certificado de matrimonio con la subinscripción de divorcio o nulidad correspondiente.
  • Si el postulante está separado de hecho, debe acreditar el inicio del trámite de divorcio mediante una copia autorizada de la demanda con constancia de su notificación. El proceso de divorcio debe haber concluido antes de la entrega de la vivienda.
  • Si el postulante, su cónyuge o conviviente, u otro miembro del núcleo familiar declarado tiene derechos de comunidad sobre una vivienda, debe presentar un certificado de dominio vigente. Éste debe tener menos de 90 días corridos anterior a la fecha de postulación. Para el pago del certificado de subsidio, deberá acreditar haber cedido sus derechos con la correspondiente escritura pública inscrita.
  • Certificado de acreditación de la calidad indígena (si corresponde).
  • Inscripción en el Registro Nacional de discapacidad (si corresponde al postulante o algún miembro de su grupo familiar).
  • Certificado de defunción del cónyuge o libreta de matrimonio en que conste el RUN y la inscripción del fallecimiento (si corresponde).

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