Permite a organismos públicos o privados sin fines de lucro financiar proyectos sociales de equipamiento o infraestructura que apoyen y complementen las políticas de inversión social del Estado. Estos proyectos deberán estar preferentemente orientados a construir tejido social, esto es la acción coordinada de un grupo de personas para solucionar determinadas necesidades; potenciar la participación ciudadana y contribuir a superar la vulnerabilidad social de una comunidad u organización determinada.
El proceso de postulación 2020 entrega financiamiento a tres tipos de proyectos (revisar sección detalles):
- Equipamiento comunitario.
- Implementación comunitaria.
- Infraestructura comunitaria.
¿A quién va dirigido?
Conocer másOrganismos públicos o privados sin fines de lucro, que cumplan los siguientes requisitos:
- Poseer personalidad jurídica vigente.
- No tener saldos o cuentas por rendir con el Fondo Social, según lo dispuesto en la resolución Nº 30 del año 2015, de la Contraloría General de la República.
- Si postula al Fondo Nacional, el o la representante de la organización debe tener ClaveÚnica para hacer la postulación.
Importante:
- Cada organización sólo podrá ingresar una postulación.
- No podrán postular organizaciones beneficiadas en el año 2019.
Detalles
Conocer másLos recursos del fondo social se distribuyen a través de dos modalidades:
- FONDES (fondos desconcentrados): financia proyectos de organizaciones que son postulados a través de las gobernaciones e intendencias. Estos deben cumplir con la normativa fijada para el Fondo Social, los cuales cuentan con un marco presupuestario asignado.
- Fondo Nacional: destinado a financiar proyectos que se postulan directamente al Fondo Social, siendo éste quien los evalúa y aprueba. Deben cumplir con la normativa señalada en las bases.
El proceso de postulación 2020 contempla el financiamiento de tres tipos de proyectos:
- Equipamiento comunitario: son aquellos destinados a la adquisición de bienes muebles duraderos, es decir que pueden ser utilizados prolongadamente en el tiempo. El objetivo de dichos proyectos es que contribuyan a mejorar el bienestar material y/o social de los beneficiarios y beneficiarias. Los proyectos podrán solicitar un monto mínimo de $300 mil y un máximo de $1 millón 500 mil.
- Implementación comunitaria: son aquellos destinados a la adquisición de artículos, materiales y utensilios, necesarios para la realización de una actividad determinada; no tienen una vida útil prolongada. El objetivo de dichos proyectos, es contribuir al desarrollo organizacional, y a la cohesión social de los beneficiarios y las beneficiarias. Los proyectos podrán solicitar un monto mínimo de $300 mil y un máximo de $1 millón.
- Infraestructura social y comunitaria: corresponde a proyectos destinados principalmente a la construcción, mejoramiento, ampliación, reparación y/o mantención de bienes inmuebles, espacios públicos (incluye implementación), centros de salud municipales, postas rurales y estaciones médico rurales (ver desglose en tipología en las bases del concurso), proyectos destinados a conjuntos habitacionales, sujetos a copropiedad inmobiliaria (de conformidad con la Ley Nº 19.537), proyectos que contemplen el mejoramiento o ampliación de un sistema de agua potable rural (APR), proyectos de mantención, mejoramiento o implementación de salas cunas, jardines infantiles, colegios municipalizados y colegios pertenecientes a fundaciones o corporaciones. Respecto al monto de financiamiento de los proyectos de infraestructura que se podrá solicitar al Fondo Social, se debe distinguir:
- Para aquellos proyectos de obras nuevas, incluyendo construcción de multicanchas y APR, el monto mínimo que se podrá solicitar es de $2 millones y con un máximo de $28 millones.
- Para proyectos de mejoramiento, reparación o ampliación de obras existentes, en los que también se incluyen los cierres perimetrales se podrá solicitar un monto mínimo de $2 millones y un máximo de $15 millones.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másRevise los documentos requeridos, por tipo de proyecto, desde la página 17 de las bases del Fondo Social Presidente de la República.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer más- Equipamiento comunitario: el plazo máximo de ejecución y de presentación de rendición de cuentas, es de tres meses contados desde la transferencia de recursos.
- Implementación comunitaria: el plazo máximo de ejecución y de presentación de la rendición de cuentas, es de 3 meses contados desde la transferencia de recursos.
- Infraestructura social y comunitaria: el plazo máximo de ejecución del proyecto y de presentación de la rendición de cuentas, corresponde a un máximo de 9 meses contados desde la recepción y aprobación por parte del Fondo Social, de los antecedentes que dan inicio al plazo de ejecución de obras (contrato, acta de entrega terreno y garantía).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer másSolo para postular al Fondo Nacional.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "postular al fondo".
- Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene ClaveÚnica, revise cómo obtenerla.
- Complete los datos, adjunte los documentos requeridos y haga clic en "enviar".
- Como resultado del trámite, habrá postulado al fondo, cuyos resultados serán informados por correo electrónico.
Importante:
- Los proyectos aprobados serán informados mensualmente en el sitio web del Fondo Social Presidente de la República. Consulte el estado de su postulación.
Solo para postular al FONDES.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la gobernación o intendencia que corresponda.
- Explique el motivo de su visita: postular al Fondo Social Presidente de la República a través de FONDES.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá postulado al fondo, cuyos resultados serán informados por correo electrónico.
Importante:
- Los proyectos aprobados serán informados mensualmente en el sitio web del Fondo Social Presidente de la República. Consulte el estado de su postulación.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másLa postulación no tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Decreto Nº 964, de 2015
- Ley Nº 19.862.
- Resolución exenta Nº 160 de 2020, que establece las políticas de aprobación de proyectos, áreas prioritarias de inversión e instrucciones del Fondo Social Presidente de la República año 2020.