Descripción:
Aprobación por parte de la Autoridad Fiscalizadora respectiva, de la Directiva de Funcionamiento que determina la modalidad de contratación del servicio de Guardias de Seguridad (propio o por empresa).
En que consiste:
Determinar la modalidad de contratación del servicio de Guardias de Seguridad, (propio o por empresa) y comunicar a la Autoridad Fiscalizadora respectiva, para efectos de aprobación de la Directiva de Funcionamiento.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas Naturales o Jurídicas, que cumplan con el siguiente requisito: Contar con la aprobación de la Directiva de Funcionamiento.
Detalles
Conocer más- Una vez aprobada la Directiva de Funcionamiento el empleador, en el caso de haber contratado directamente al Guardía de Seguridad, deberá solicitar la tramitación de su Tarjeta de Identificación ante la Autoridad Físcalizadora.
- La Tarjeta de Identificación tiene vigencia de un año renovable y tendrá validez mientras preste servicios para la entidad.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Contrato de Trabajo del Guardias de Seguridad
- Seguro de vida a favor del Guardia de Seguridad (75 U.T.M.).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer másEn cada una de las Autoridades Fiscalizadoras (Prefecturas), en donde se desarrollará el servicio.
El resultado del trámite será: Aprobación del estudio de seguridad.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.