El Sello S es un distintivo otorgado por el Servicio Nacional del Turismo (Sernatur) a los establecimientos de alojamiento turístico que hayan desarrollado avances en cualquier ámbito de la sustentabilidad.
Esta distinción permite diferenciar a las empresas de sus competidores, garantizando a los visitantes el compromiso con la sustentabilidad.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPrestadores de servicios de alojamiento turístico, tour operadores y agencias de viajes inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos, y que cuenten con un registro de operación mínima de 12 meses.
Detalles
Conocer másLos criterios para medir los avances en cualquier ámbito de la sustentabilidad en establecimientos de alojamiento turístico son los siguientes:
Ámbito económico |
Ámbito socio-cultural |
Ámbito medioambiental |
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Los criterios para medir los avances en cualquier ámbito de la sustentabilidad en agencias de viajes y tour operadores son los siguientes:
Gestión de Sustentabilidad |
Política Laboral |
Medio Ambiente |
Proveedores |
Responsables de Viajes y Guías Turísticos |
Destinos |
Comunicación y protección al cliente. |
Importante: los servicios de prestadores de servicios turísticos que hayan sido certificados por algún sello internacional reconocido por el Consejo Global de Turismo Sustentable (GSTC) podrán optar a ser distinguidos con el Sello S nivel H, de homologación. Por este medio no es necesario contratar una auditoría para la empresa.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Autodiagnóstico.
- EAT (Establecimientos de Alojamiento Turístico) pequeñas, medianas y grandes empresas.
- EAT microempresas.
- Tour operadores y agencias de viajes.
- Certificado de vigencia de la empresa (Registro de Comercio).
- Certificado de vigencia de poder de la empresa (Registro de Comercio).
- Patente comercial (municipal).
- Resolución sanitaria (solo para EAT).
- Certificado de antecedentes de la Dirección del Trabajo (F30).
- Certificado del organismo administrador del Seguro de Accidentes del Trabajo y enfermedades profesionales (solo para EAT).
En caso de que el establecimiento esté emplazado dentro de alguna de las áreas protegidas del Estado, este adicionalmente deberá presentar:
- Contrato con la Corporación Nacional Forestal (CONAF) o con el Ministerio de Bienes Nacionales, según sea el caso (solo para EAT).
- Certificado de registro vigente de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos de Sernatur (bajo la Ley N° 20.423 y Decreto N° 222/2011).
- Acta de cumplimiento de inspección de Sernatur (solo para EAT).
- Carta de cumplimiento de inspección de Sernatur (solo para EAT).
- Política de sustentabilidad.
- Formulario 29 del Servicio de Impuestos Internos.
- Declaración escrita de la alta gerencia, que dé fe de que el establecimiento ha obtenido la tenencia de tierras y el derecho de agua de forma legal (solo para EAT).
- Carta de no registro de tierra indígena extendido por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI (solo para EAT).
En caso de que el postulante sea propietario del terreno (solo para EAT):
- Certificado de dominio vigente con un máximo de 60 días desde que fue extendido.
En caso de que el postulante tenga cualquier otra figura para el uso del terreno este deberá presentar:
- Copia simple del título que refleja dicha figura como contrato, escritura pública, u otro.
- En el caso de comodatario, se solicitará escritura pública o contrato de comodato; concesionario se solicitará contrato de concesión.
- En el caso de usufructuario, se solicitará escritura pública de usufructo con su correspondiente inscripción conservatoria.
- En el caso de arrendatario, se solicitará contrato de arrendamiento más certificado de dominio vigente extendido a nombre del propietario arrendador.
- En el caso de subarrendatario, se solicitará contrato de arrendamiento más contrato de arrendador para verificar que efectivamente se permita el subarrendamiento más certificado de dominio vigente extendido a nombre del propietario arrendador del primer contrato.
- Listado de proveedores (solo para Tour Operadores y Agencias de Viaje, TOAV).
- Listado vigente del personal contratado por la empresa (solo para TOAV).
- Plan de prevención y manejo de riesgos (solo para TOAV).
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másDos años. Los servicios turísticos que obtengan la distinción a través del sistema de homologación tendrán el Sello S de acuerdo con el período original del sello internacional.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "postular al Sello S".
- Una vez en el sitio web de la institución, ingrese sus datos para iniciar sesión y presione "¡ingresa!". Si no tiene cuenta, cree una.
- Responda el autodiagnóstico, cargue los antecedentes requeridos, guárdelos y, finalmente, presione "finalizar inscripción".
- Como resultado, habrá postulado al Sello S.
Importante:
- En un plazo máximo de 10 días hábiles, Sernatur responderá su solicitud. Si cumple con los requisitos, el servicio dará paso a la etapa de consulta regional. En caso de existir observaciones se describirán las mismas y se solicitará su corrección y/o aclaración.
- Si en la consulta regional no se presentan observaciones, Sernatur enviará una carta para que elija un organismo auditor externo y solicite una auditoría en terreno para verificar los datos ingresados en el autodiagnóstico.
- Si cumple con los criterios de sustentabilidad, la empresa acreditadora entregará un informe de auditoría que lo valida, y Sernatur otorgará el Sello S, previa consulta a la Mesa Nacional de Turismo Sustentable.
Además:
- En un plazo máximo de 10 días hábiles, Sernatur responderá su solicitud. Si cumple con los requisitos, el servicio dará paso a la etapa de consulta regional. En caso de existir observaciones se describirán las mismas y se solicitará su corrección y/o aclaración.
- Si en la consulta regional no se presentan observaciones, Sernatur enviará una carta para que elija un organismo auditor externo y solicite una auditoría en terreno para verificar los datos ingresados en el autodiagnóstico.
- Si cumple con los criterios de sustentabilidad, la empresa acreditadora entregará un informe de auditoría que lo valida, y Sernatur otorgará el Sello S, previa consulta a la Mesa Nacional de Turismo Sustentable.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Envíelos al correo electrónico sustentabilidad@sernatur.cl.
- En un plazo máximo de 10 días hábiles, Sernatur responderá su solicitud mediante correo electrónico. Si cumple con los requisitos, el servicio dará paso a la etapa de consulta regional. En caso de existir observaciones se describirán las mismas y se solicitará su corrección y/o aclaración.
- Si en la consulta regional no se presentan observaciones, Sernatur enviará una carta para que elija un organismo auditor externo y solicite una auditoría en terreno para verificar los datos ingresados en el autodiagnóstico.
- Si cumple con los criterios de sustentabilidad, la empresa acreditadora entregará un certificado que lo valida, y Sernatur otorgará el Sello S, previa consulta a la Mesa Nacional de Turismo Sustentable.
Importante:
- En el paso 3, Sernatur realiza una consulta regional a instituciones como Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente y Secretaría Regional Ministerial de Cultura para que aprueben la postulación (el plazo de este proceso es de 10 días hábiles).
- En el paso 5, la Mesa Nacional de Turismo Sustentable (MSNT) revisa los antecedentes y vota para otorgar el Sello S al prestador.
- En caso de que su postulación sea rechazada, Sernatur enviará un mail, informando las causas.
- Revise las guías de apoyo y la guía interactiva para alojamientos eficientes, para implementar correctamente las políticas de sustentabilidad y los criterios.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másEl trámite en Sernatur no tiene costo. Sin embargo, el prestador debe financiar la auditoría realizada por un organismo certificador autorizado por Sernatur.
Marco Legal
Conocer másLey N° 20.423, que establece el Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo.