Permite la inscripción en el registro de supervisores auxiliares del departamento de cooperativas, con el fin de relevar la estructura jurídica del modelo cooperativo y crear los espacios para nuevos proyectos en el sector.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEntidades interesadas en desempeñar la función de supervisor auxiliar.
Detalles
Conocer másLa supervisión afecta a las cooperativas de importancia económica, vale decir a las de ahorro y crédito, las abiertas de vivienda y todas aquellas entidades que tengan activos iguales o superiores a 50.000 Unidades de Fomento (UF).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Antecedentes legales societarios: certificación de vigencia y acreditación de personería.
- Antecedentes contables: balances y estados financieros.
- Lo establecido en la resolución administrativa exenta 1321, del sector cooperativas (artículo Nº 137).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a:
- Santiago: oficina de partes del departamento de cooperativas, ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, Torre 2 Edificio Santiago Downtown, piso 1, local 7, Santiago. Horario de atención: lunes a jueves de 9:00 a 17:00 horas; viernes de 9:00 a 16:00 horas.
- Regiones: oficinas de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Economía, Fomento y Turismo.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción en el registro de supervisores auxiliares de cooperativas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción en el registro de supervisores auxiliares. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 60 días.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Envíelos a Casilla 65, Correo Central Santiago.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción en el registro de supervisores auxiliares. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 60 días.