Prórroga de pensión de montepío para beneficiarios de las Fuerzas Armadas y organismos dependientes

Última actualización:

Permite solicitar la prolongación (prórroga) de una pensión de montepío a los beneficiarios varones que al cumplir 21 años de edad continúan estudios regulares en enseñanza normal técnica, especializada o superior en universidades o institutos del Estado, o particulares reconocidos por éste.

Una vez dictada la resolución que da respuesta a la petición, ésta es sometida al control posterior por parte de la Contraloría General de la República.
El trámite se puede realizar durante todo el año por correo y en la oficina de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

Hijos asignatarios de montepío que tengan entre 21 y 23 años de edad (al 31 de diciembre) y cumplan los requisitos de estudios.

Este trámite es exclusivo para hijos varones que perciben pensión de montepío con anterioridad al 1 de junio de 2014, fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.735

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de atención ciudadana de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1166, Santiago, piso 1. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: tramitar la prórroga de pensión de montepío.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Luego de estudiar los antecedentes, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas dictará una resolución exenta que concede la prórroga de pensión de montepío, de la cual se enviará copia al domicilio consignado en la respectiva solicitud.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos al correo 22, casilla 330, Santiago.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado la prórroga del beneficio. Luego de estudiar los antecedentes, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas dictará una resolución exenta que concede la prórroga de pensión de montepío, de la cual se enviará copia al domicilio consignado en la respectiva solicitud.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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