Rehabilitación de pensión de montepío para beneficiarios de las Fuerzas Armadas y organismos dependientes

Última actualización:

Permite que la o el asignatario de pensión de retiro o montepío, vuelva a percibir su pensión cuando han transcurrido más de tres meses consecutivos sin cobrarla.

Si bien no existe plazo de prescripción para solicitar la rehabilitación de una pensión, su pago sólo se efectúa hasta 10 años retroactivos, contados desde la fecha de la solicitud.
El trámite se puede realizar durante todo el año, por correo o en la oficina de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

Pensionados y montepiadas afectos al sistema de previsión de las Fuerzas Armadas.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de atención ciudadana de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1166, Santiago, piso 1. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la rehabilitación del pago de una pensión de montepío.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite habrá solicitado la rehabilitación del pago de su pensión de montepío. Luego de estudiar los antecedentes, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas dictará una resolución exenta que rehabilita la pensión, de la cual se enviará copia al domicilio consignado en la respectiva solicitud.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos a Correo 22, casilla 330, Santiago.
  3. Como resultado del trámite habrá solicitado la rehabilitación del pago de su pensión de montepío. Luego de estudiar los antecedentes, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas dictará una resolución exenta que rehabilita la pensión, de la cual se enviará copia al domicilio consignado en la respectiva solicitud.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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