Fondo Nacional de Proyectos Inclusivos (FONAPI) 2020

Última actualización:

Permite financiar iniciativas que contribuyan a la inclusión social de personas con discapacidad. Para la versión del año 2020, las líneas fueron ajustadas a las necesidades de las personas con discapacidad en el marco de la pandemia por COVID-19.

Las organizaciones interesadas en participar, deben proponer iniciativas dentro de una de las siguientes áreas:

  • Elementos de protección personal para personas con discapacidad.
  • Generación de ingreso en el contexto de la pandemia por Coronavirus:
    • Taller laboral (estrategia independiente).
    • Apoyo al autoempleo (estrategia independiente).
    • Apoyo a la creación y fortalecimiento de cooperativas de trabajo y/o servicios inclusivos.

Fonapi 2020 dispone de $800 millones para el financiamiento de proyectos con un costo de financiamiento desde los $3 millones hasta los $10 millones.

Obtenga más información, y revise las bases del Fondo de Proyectos Inclusivos 2020.

Postulación: finalizó a las 14:00 horas del 27 de agosto de 2020.

Pueden postular a FONAPI 2020 cumpliendo los siguientes requisitos:

Todas las entidades públicas o privadas, sin fines de lucro, que se encuentren vigentes y que cuenten, entre sus beneficiarios directos, con personas con discapacidad. Estas instituciones deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Para el caso de las entidades privadas se requiere que su vigencia legal sea mayor a un año.
    Nota: en caso de resultar adjudicado el proyecto presentado, se deberá presentar certificado original, emitido por el organismo pertinente, de conformidad a su naturaleza jurídica, cuya emisión sea dentro de los 60 días anteriores a la fecha de cierre de las postulaciones, o en su defecto copia legalizada ante notario del documento requerido.
  • Estar inscritas en el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos a la fecha de cierre de la postulación (información del sistema del Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades).

Importante:

Los postulantes a FONAPI 2020, deberán contar con un mínimo de 5 personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND), consideradas beneficiarios y beneficiarias directos, durante toda la ejecución del proyecto, los cuales no podrán ser modificados en el período de ejecución, salvo excepciones fundadas que cuenten con la aprobación por escrito de Senadis. Sin perjuicio de lo anterior el 100% de los beneficiarios y beneficiarias de un proyecto deben ser personas con discapacidad y/o cuidadores de éstas. Durante la ejecución del proyecto, pueden incorporarse nuevos beneficiarios, quienes deben contar con el RND al término de la ejecución. En el caso de cuidadores y cuidadoras de personas con discapacidad, el beneficiario o beneficiaria del proyecto será la persona cuidada, es decir, la persona con discapacidad, aun cuando el proyecto entregue apoyo directo al cuidador o cuidadora, ya que se entiende que al entregarle mejores condiciones, la persona con discapacidad se beneficia directamente de la intervención.

Por beneficiarios y beneficiarias directas se entenderán a:

  • Personas con discapacidad inscritas en el RND, las que deberán encontrarse vigentes. Los beneficiarios y las beneficiarias con discapacidad que no cuenten con el RND a la postulación, deben hacer el trámite para contar con él antes de finalizar el proyecto.
  • Los niños y niñas, menores de 6 años de edad, cumplidos al viernes 7 de agosto de 2020. No requieren inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad, siendo suficiente un informe que contenga la determinación diagnóstica del médico tratante y la presentación de un plan de tratamiento, de acuerdo al artículo 70 de la Ley N° 20.422.

Si además se contemplan beneficiarios indirectos, se solicitará una cuantificación atingente al objeto y acciones que se desarrollarán. Se entenderán como todas aquellas personas que serán partícipes o receptoras de las acciones del convenio, pero que no cuentan con Registro Nacional de la Discapacidad; así como también, aquellas personas que se verán beneficiadas como consecuencia indirecta de las acciones del convenio (familia, cuidadores, profesionales y técnicos, comunidad local, etc.)

La información proporcionada por las instituciones postulantes será validada con la base de datos del Servicio de Registro Civil e Identificación basados en la cédula de identidad de los beneficiarios directos declarados en la postulación.

Del mismo modo, quienes entreguen información falsa o errónea sobre los beneficiarios y beneficiarias, serán declarados inadmisibles.

Revise información sobre las inhabilidades para postular en las bases del fondo de Proyectos Inclusivos 2020.

Las organizaciones postulantes no requieren presentar documentos extras (como cotizaciones, certificados u otros), sólo deben completar el formulario de postulación, adjuntar el anexo Nº 3 y el certificado de vigencia de la institución. La documentación será solicitada exclusivamente a los proyectos seleccionados.

El formulario de postulación se encuentra disponible en la plataforma de postulación y en el anexo Nº 3 de las bases del Fondo de Proyectos Inclusivos 2020.

En caso de obtener el financiamiento, el plazo de ejecución de proyectos deberá tener una duración de 10 meses. 

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "postular al FONAPI".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su nombre de usuario y clave, y haga clic en "entrar". Si no está registrado, cree una cuenta.
  4. Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, haga clic en "guardar" y, luego, en "finalizar".
  5. Como resultado del trámite, habrá postulado al fondo. Obtendrá un número de folio que identificará su postulación y que deberá guardar para las etapas siguientes.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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