La nómina de veedores está integrada por todas las personas naturales nombradas en el cargo de veedor por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir).
Veedor es aquella persona natural sujeta a la fiscalización de la Superir, cuya misión principal es favorecer los acuerdos entre el deudor y sus acreedores, facilitar la proposición de acuerdos de reorganización judicial, resguardar los intereses de los acreedores, requiriendo las medidas precautorias y de conservación de los activos del deudor, además de resguardar el cumplimiento del Acuerdo de Reorganización por, al menos, un año desde aprobado el mismo.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener con un título profesional de contador auditor o de una profesión de a lo menos 10 semestres de duración, otorgado por universidades del Estado o reconocidas por éste, o por la Corte Suprema.
- Haber ejercido cinco años la profesión, por lo menos.
- Aprobar el examen de conocimiento para veedores.
- No tener alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 17 de la Ley Nº 20.720.
- Otorgar, en tiempo y forma, la garantía de fiel desempeño del cargo ascendente a 2.000 unidades de Fomento (UF).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Curriculum vitae.
- Título profesional.
- Declaración jurada ante notario de no estar afecto a prohibiciones del artículo 17 de la Ley Nº 20.720.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en el banner de "veedor Claveúnica".
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no está registrado, solicite la ClaveÚnica.
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y haga clic en "enviar solicitud".
- Como resultado del trámite, habrá postulado a la nómina de veedores.
Importante:
- Si corresponde, la Superir enviará un oficio aceptando su postulación. En caso contrario, informará los motivos de por qué no pudo inscribirse en la nómina.
- Luego, se remitirá un oficio informando, con 30 días corridos de anticipación, la fecha, lugar y hora de realización del examen de conocimientos (se convocará dos veces en cada año-calendario).
- Una vez rendido el examen de conocimientos, se informará mediante oficio el resultado obtenido.
- En caso de aprobarlo, el o la postulante deberá constituir la garantía de fiel desempeño.
- Constituida ésta, la Superir dictará la correspondiente resolución de incorporación.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 20.720, de Reorganización y Liquidación de activos de Empresas y Personas.
- Norma de Carácter General Nº 2.