Permite a una persona y a un prestador privado de salud acceder a la resolución de conflictos (mediación), antes de acudir a una acción judicial.
La Superintendencia de Salud recibe las solicitudes de mediación que presentan las personas que manifiestan haber sufrido daños por parte de un prestador privado de salud (clínicas, médicos y centros médicos, entre otros).
Revise más información. También conozca cómo solicitar una mediación por daños en salud ocurridos en establecimientos públicos de salud.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas que manifiestan haber sufrido daños por parte de un prestador privado de salud (clínicas, médicos y centros médicos, entre otros).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Presentar por escrito el reclamo (a través de formulario o carta) en la Superintendencia de Salud, incluyendo los siguientes antecedentes:
- Datos personales de la parte reclamante y/o de quien le representa, especificando: nombre completo, RUN, edad, profesión u oficio, domicilio y teléfono.
- Identificación de prestadores contra quienes se reclama (especificar nombre completo, RUT, especialidad, domicilio y teléfono).
- Descripción de los hechos que motivan el reclamo.
- Incorporar las peticiones que la persona reclamante espera recibir por parte del prestador privado.
- Proponer cinco mediadores del registro de mediadores acreditados ante la Superintendencia.
- Firma de la parte reclamante y/o de quien le representa.
El reclamante puede acompañar los antecedentes que estime conveniente.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la agencia regional de la Superintendencia de Salud.
- Explique el motivo de su visita: reclamo por daños ocasionados en una atención de salud otorgada por prestadores de salud privados.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite habrá solicitado la mediación.
En un plazo de 60 días corridos, la Superintendencia de Salud emitirá una resolución que indica el acuerdo generado en la mediación; éste se puede prorrogar hasta 120 días, como máximo (previo acuerdo de las partes).
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másEl costo dependerá de los aranceles informado por los mediadores.
- Conozca cuánto cobra cada mediador.
- El arancel no puede superar los $230 mil 200.
- En caso de prórroga, se agregan $76 mil 400.
Marco Legal
Conocer más- Resolución exenta SS/Nº 269, del 13 de abril de 2006, que fija el arancel máximo que pueden percibir por sus servicios los mediadores inscritos en el registro de la Superintendencia, establecido en la Ley N°19.966.
- Decreto Supremo (DS) Nº 47 del Ministerio de Salud, promulgado el 1 de febrero de 2005, reglamento de mediación por reclamos en contra de prestadores institucionales públicos de salud o sus funcionarios y prestadores privados de salud.
- Ley Nº 19.966.