Permite solicitar la omisión de antecedentes penales al Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) de manera que no sean incluidas algunas anotaciones en los certificados de antecedentes penales.
La presentación de la solicitud no garantiza que sea otorgada, por tanto debe retirar su carta respuesta en cualquier oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
¿A quién va dirigido?
Conocer másToda persona interesada en obtener un certificado de antecedentes libre de una o más anotaciones penales. Lo puede realizar personalmente o mediante un mandatario facultado para el trámite, que cumpla con los siguientes requisitos:
Omisión en todo tipo de certificados: para conducir vehículos motorizados, para Ingresar a la administración pública, para fines particulares y para fines especiales (artículo 29 de la Ley N° 18.216):
- Haber sido beneficiado por el juez en la sentencia con:
- La remisión condicional de la pena, o
- La reclusión nocturna, o
- La libertada vigilada.
- No tener condena anterior por crimen o simple delito.
Observación: este beneficio de omisión se aplica a todo tipo de certificados, salvo en un delito o cuasidelito ingresado además al Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados. En este caso, el beneficio de omisión sólo se extiende a los certificados para ingresar a la administración pública, para fines particulares y para fines especiales.
Omisión en certificados para fines particulares y para fines especiales (artículo 21 de Ley N° 19.628). Único requisito: la pena impuesta en la sentencia definitiva debe estar cumplida o prescrita.
Omisión en certificados para conducir vehículos motorizados y para fines particulares (decreto Ley N° 3.482):
- Anotaciones por faltas o simples delitos.
- Que la condena no exceda de tres años.
- Que se trate de la única anotación que registra el prontuario del interesado.
- Hayan transcurrido cinco años desde la fecha de la sentencia condenatoria, no siendo requisito que la misma se encuentre cumplida.
Detalles
Conocer másIndependientemente de que la solicitud sea aprobada, las anotaciones se mantienen vigentes en el prontuario, y se consignan en el denominado "Extracto de Filiación y Antecedentes". Lo anterior, siempre que se cumplan las condiciones o los requisitos que la Ley establece respecto de cada tipo de certificado de antecedentes.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad vigente y en buen estado.
- Poder notarial específico en caso de que la solicitud sea presentada por una tercera persona. Debe indicar que lo faculta para este trámite, debiendo dejar original o copia autorizada del poder.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a cualquier oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la omisión de antecedentes penales.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la omisión de antecedentes penales. De ser aprobada, podrá adquirir un certificado de antecedentes penales libre de anotaciones.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más- No tiene costo.
- Sólo tiene costo la posterior obtención del certificado de antecedentes, cuyo valor en oficinas es de $1.050. Si lo solicita en línea, es gratuito (requiere ClaveÚnica).