Permite inscribir las alteraciones de las características de un vehículo motorizado en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
No son susceptibles de alterarse el modelo, la marca, el chasis, ni el año de fabricación de un vehículo. Si la inscripción contiene errores en estos datos, se puede corregir por medio de una rectificación administrativa.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPropietarios de vehículos motorizados que hayan tenido algún tipo de alteración que cambie su naturaleza, características esenciales o identificatorias.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Solicitud de anotación en el formulario V-6, el que debe solicitar en las oficinas del SRCeI.
Para cambio de color:
- Declaración jurada simple del propietario del vehículo, señalando:
- Nuevo color.
- Datos de la placa patente única.
- Datos identificatorios que se mantienen.
- A falta de la declaración jurada simple se puede presentar un certificado de revisión técnica otorgado por una planta autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), en la que conste el nuevo color del vehículo.
- Si la alteración la requiere un tercero, a nombre del propietario, sea éste último persona natural o jurídica, debe presentar el respectivo poder notarial.
Cambio de motor:
- Una factura u otro documento que acredite la adquisición del nuevo motor.
- En su defecto, declaración jurada ante notario del propietario, o de su representante legal, acerca del lugar y fecha de la adquisición del motor. En la declaración jurada notarial se debe establecer el dominio del motor que altera.
- Certificado de revisión técnica otorgado por una planta autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el que se consigne el nuevo número de motor del vehículo.
Cambio de tipo de vehículo:
- El certificado emitido por el taller o empresa que efectuó la transformación.
- En su defecto, una declaración jurada ante notario del propietario del vehículo, o de su representante legal, señalando las alteraciones realizadas.
- Certificado de revisión técnica otorgado por una planta autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Este último documento no es válido para los efectos de cambio de tipo de vehículo de bus a camión.
- En el caso de aquellos vehículos de "uso especial" en conformidad al artículo 21 de la Ley Nº 18.483 (estatuto automotriz), no es procedente la alteración del tipo de vehículo.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una de las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
- Explique el motivo de su visita: inscribir las alteraciones de las características de un vehículo.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Pague el valor del trámite.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción en la base de datos del SRCeI, de las alteraciones que hagan cambiar la naturaleza, características esenciales o que identifican a un vehículo motorizado. Tendrá respuesta a su solicitud en el plazo máximo de 12 días hábiles.