Es un beneficio monetario mensual al que pueden acceder todas las personas que no tengan derecho a una pensión en algún régimen previsional y cumplan los requisitos determinados por la ley.
Este beneficio es parte del Pilar Solidario de la Reforma Previsional (Ley N° 21.190) y contempla dos tipos de pensiones: de vejez y de invalidez.
El derecho a una PBS está sujeto a un proceso de revisión por parte del Instituto de Previsión Social (IPS), destinado a verificar que el beneficiario mantiene todos los requisitos exigidos por la ley.
Permite acceder al pago mensual de 141 mil 374 pesos a personas de 65 a 74 años; de 147 mil 029 pesos, entre 75 y 79 años; o de 169 mil 649 pesos para las personas mayores de 80 años y que cumplan los requisitos establecidos en la ley.
Revise más información y los requisitos para acceder a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV).