Cambio de nombre y/o apellido y rectificación de la partida de nacimiento

Última actualización:

Permite cambiar el nombre y/o del apellido de una persona, y la consiguiente rectificación en su partida de nacimiento.

Para más información revise el campo detalles de esta ficha.

Las inscripciones de nacimiento no pueden ser alteradas ni modificadas, a menos que así lo ordene una sentencia judicial ejecutoriada. Excepcionalmente es susceptible de ser rectificada administrativamente, en caso de error u omisión manifiesto.

 

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas del Registro Civil o vía judicial.

Comunidad en general.

Importante: el cambio de nombre de menores debe ser realizado por uno de los padres o por quien lo tenga bajo su tuición.

Existen dos vías para realizar esta solicitud (rectificación):

  • Administrativa: opera de oficio en el SRCeI a petición del interesado y es válida sólo para quienes presenten omisiones o errores en su partida de nacimiento.
  • Judicial: para personas que:
    • Tienen nombres y/o apellidos ridículos, risibles se sientan menoscabadas moral o materialmente
    • Son conocidas por más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes a los propios.
    • Necesitan agregar un apellido cuando la persona fue inscrita sólo con uno, o para cambiar uno de los que hubieran impuesto al nacido, cuando son iguales.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal

Por vía administrativa:

  1. Diríjase a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) más cercana.
  2. Explique el motivo de su visita: hacer el cambio de su nombre y/o apellido o la rectificación en la partida de nacimiento.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado la modificación, la cual podrá concretarse en un plazo aproximado de 45 días hábiles.

Por vía judicial:

  1. En caso que la solicitud debe efectuarse por vía judicial, diríjase al tribunal de justicia correspondiente al lugar de residencia. 
  2. Explique el motivo de su visita: solicitar el cambio de nombre y/o apellido.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado el trámite.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

Por la vía judicial debe contar con la asesoría de un abogado.

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Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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