Permite solicitar fecha y hora para la realización de un matrimonio civil o para la inscripción de un matrimonio religioso.
Para efectos civiles, la celebración del matrimonio religioso debe ser inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) en un plazo de ocho días corridos posteriores.
Antes de la celebración del matrimonio civil o religioso, la pareja debe cumplir con lo siguiente:
- Solicitar hora con cualquier oficial civil para realizar la manifestación: incluye la entrega de información de los testigos, además de fijar el día y hora para la celebración del matrimonio civil o la inscripción del matrimonio religioso.
- Manifestación: los contrayentes comunican al oficial civil, en forma escrita, oral o por lenguaje de señas, su intención de contraer matrimonio.
- Información: los contrayentes deben presentar a lo menos dos testigos que declararán que los futuros cónyuges no tienen impedimentos o prohibiciones para contraer el matrimonio.
Rendida la información de los testigos, dentro de los 90 días siguientes se procede a la celebración del matrimonio. Después de ese plazo, deben repetirse las formalidades de la manifestación y la información.
Cualquier oficial civil es competente para celebrar el matrimonio, independientemente del lugar en que los contrayentes tengan su domicilio, siempre y cuando hayan hecho previamente ante él la manifestación, la información y la presentación de los dos testigos.
¿A quién va dirigido?
Conocer másParejas que desean contraer matrimonio civil o por la iglesia, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayores de 16 años de edad.
- Cuenten con la autorización para contraer matrimonio de su representante legal (padre, madre, curador, tutor) o del juez o jueza correspondiente a su domicilio si uno o ambos contrayentes tienen entre 16 años y son menores de 18 años.
- Ser legalmente capaces y cumplir con las formalidades legales.
- Contar con testigos hábiles.
- No estar casados previamente.
- No tener impedimentos o prohibiciones legales.
- Dar consentimiento libre y espontáneo.
Si la filiación del contrayente menor de edad no estuviese determinada respecto de sus padres, corresponde que su ascendente lo dé, a falta de los anteriores el o la representante legal tendrá que dar su consentimiento. A falta de esta figura, tendrá que hacerlo el oficial civil que intervenga en la celebración del matrimonio.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad vigente y en buen estado de los que contraen matrimonio y de los dos testigos.
- Si los contrayentes son extranjeros, deben presentar documentos de identidad del país de origen o su pasaporte y su visa de turista, si corresponde.
- Si realiza la reserva de hora en línea, deberá tener ClaveÚnica.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Reservar hora".
- Una vez en el sitio web de la institución, acepte los términos, y haga clic en "enviar".
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene ClaveÚnica, solicítela.
- Complete los datos requeridos, adjunte los datos solicitados, y haga clic en "siguiente".
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la reserva para matrimonio civil o inscripción del matrimonio religioso.
Importante:
- El Servicio de Registro Civil e Identificación ha dispuesto la opción de reserva en algunas de sus oficinas (revise el listado en la misma plataforma).
- En el caso de no existir horas disponibles vía web, deberá realizar la solicitud de hora directamente en una de las oficinas, en los plazos anteriormente indicados.
- Actualmente, la solicitud de hora a través de Internet son restringidas, ya que se encuentran en etapa de implementación.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación más cercana.
- Explique el motivo de su visita: solicitar fecha y hora para la realización de un matrimonio civil, o para la inscripción del matrimonio religioso.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado fecha y hora para la celebración del matrimonio civil o la inscripción del matrimonio religioso. Si posteriormente necesita modificar la hora reservada, deberá realizarlo en la misma oficina donde la solicitó.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más- Fuera de la oficina del SRCeI y fuera del horario de trabajo: 32 mil 520 pesos.
- Fuera de la oficina del SRCeI y dentro del horario de trabajo: 21 mil 680 pesos.
- En la oficina del SRCeI y dentro del horario de trabajo, no tiene costo. Sólo se debe pagar el valor de la libreta de matrimonio: $1.830.
Marco Legal
Conocer másLey Nº 19.947 de matrimonio civil.