Permite solicitar al director regional del Servicio de Impuestos Internos (SII) la condonación de intereses y multas originadas por infracciones tributarias o diferencias de impuestos no declarados y/o no pagados por los contribuyentes.
El director regional del servicio puede conceder o rechazar esta solicitud, de acuerdo con las normas vigentes.
¿A quién va dirigido?
Conocer másCualquier contribuyente, personalmente o representado, que registre una deuda tributaria correspondiente a intereses y multas, que cumpla los siguientes requisitos:
- Acreditar antecedentes que hagan excusable la falta de pago oportuno de los impuestos y/o la infracción incurrida.
- Haber presentado, voluntariamente, una declaración omitida o complementaria de la que resulte un mayor pago de impuesto, debidamente girado, aportando antecedentes que hagan excusable la omisión incurrida.
Detalles
Conocer másQuedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que estén querellados, procesados, acusados o sancionados (hasta el cumplimiento de sus penas). Tampoco pueden acceder quienes tienen anotaciones en el sistema del SII, en relación a:
- Citaciones o notificaciones.
- Liquidaciones o giros en proceso de reclamo.
- Infraccionados por delitos tributarios.
Obtenga más información.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Para el trámite en línea: no es necesario ningún documento.
- Para el trámite en oficina:
- Formulario 2667. Debe estar dirigido a la o el director regional correspondiente.
- Giro emitido por el SII o por la Tesorería General de la República (según corresponda).
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másEl período de vigencia de la condonación será hasta el último día hábil del mes siguiente al mes de emisión del giro.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en la opción según corresponda.
- Escriba su RUT y clave, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, cree una cuenta.
- Ingrese los datos solicitados, y haga clic en "consultar" (el sistema calculará automáticamente la condonación, siempre que no tenga observación pendiente de aclaración con la institución).
- Seleccione la multa a pagar.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la condonación de interés o multas.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la dirección regional del Servicio de Impuestos Internos (SII) más cercana.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la condonación de intereses o multas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la condonación de interés o multas. Obtendrá un recibo con la fecha en que deberá retirar el giro con el resultado de la condonación.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.