Permite solicitar la incorporación de muestreadores de productos pesqueros de exportación o del programa de sanidad de moluscos bivalvos del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca).
¿A quién va dirigido?
Conocer másEntidades de muestreo bromatológico que cuenten con la autorización de Sernapesca.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta de la entidad de muestreo bromatológico en la cual patrocina y respalda una solicitud de incorporación de un muestreador.
- Antecedentes curriculares actualizados del muestreador que desean incorporar.
- Fotocopia del certificado de egreso de técnico o profesional con, al menos, cuatro semestres de estudios superiores en una área afín del muestreador para el cual se está solicitando incorporación.
- Foto tamaño carné del muestreador para el cual se está solicitando incorporación.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa autorización de muestreadores tendrá una duración de 10 años, a partir de la fecha de aprobación del curso oficial de muestreador. No obstante, el servicio podrá poner término a su vigencia por incumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos para el desarrollo de la actividad de muestreo, o por acciones impropias, que determinen pérdida de la confianza entregada.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Escriba su nombre de usuario y contraseña, y haga clic en "iniciar sesión". Si no está registrado, solicite su cuenta y clave al encargado de autorización y control de entidades de análisis y muestreo de la Subdirección de Comercio Exterior de Sernapesca.
- Complete los antecedentes requeridos en la pestaña personal, y haga clic en "guardar".
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la incorporación del muestreador. Sernapesca le enviará una notificación informando que el muestreador ha sido incorporado a la nómina oficial.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Envíelos al departamento de sanidad pesquera de la Dirección Nacional de Sernapesca, Victoria 2832, Valparaíso.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la incorporación del muestreador.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 18.892, artículo 122 r, inciso segundo.
- Artículo 32 J, letra b del decreto con fuerza de ley Nº 5 de 1983 y sus modificaciones del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Manual de inocuidad y certificación.