Permite emitir, consultar o anular una o varias boletas de honorarios de forma digital.
¿A quién va dirigido?
Conocer másContribuyentes con inicio de actividades en la segunda categoría de la ley sobre impuesto a la renta, autorizados por el SII para emitir este tipo de documentos electrónicos, que cuenten con clave secreta o certificado digital.
Detalles
Conocer másEl trámite cuenta, además, con herramientas que facilitan la emisión de boletas:
- Emitir boleta de honorarios electrónica.
- Consultas sobre boletas de honorarios electrónicas.
- Anulación y observación de boletas emitidas.
- Delegar emisión a un usuario autorizado.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másNo es necesario ningún documento.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUT y clave, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, cree una cuenta.
- En el menú "servicios online", haga clic en "emisor de boleta de honorarios" y complete los datos requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá emitido una boleta de honorarios electrónica.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másResolución exenta Nº 83, del 30 de agosto del 2004, que establece instrucciones sobre la emisión y uso de boletas de honorarios electrónicas.