Inicio de actividades (persona natural)

Última actualización:

Permite obtener una declaración jurada formalizada que autoriza a iniciar y realizar operaciones económicas o comerciales que pueden producir rentas que deben pagar impuestos en primera o segunda categoría.

La iniciación de actividades debe realizarse dentro de los dos meses siguientes a su comienzo.

Obtenga más información.

 

El trámite se puede realizar durante todo el año.

Personas naturales que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en la ley de la renta.

Sólo para trámite en oficina:

  • Personas con domicilio y residencia en Chile:
    • Cédula de identidad vigente (original y fotocopia, si el trámite es realizado por un tercero).
    • Si el trámite es realizado por un tercero, debe presentar su cédula de identidad vigente y poder notarial.
    • Formulario 4415 completo.
    • Documentos que permitan acreditar domicilio.
    • Título profesional, en caso de que inicie actividades como profesional. Si en el documento aparece la cédula de identidad, bastará con su presentación. En caso contrario, debe presentar la cédula de identidad vigente.
  • Para extranjeros con residencia en Chile y autorizados para realizar actividades en el país (con visa definitiva, temporal, sujeta a contrato, de estudiante u oficial): 
    • Cédula RUT. Si no la posee, se puede obtener junto con la declaración de iniciación de actividades.
    • Cédula de identidad para extranjeros (obtenida en Chile).
    • Formulario 4415 completo. 
    • Documentos que permitan acreditar domicilio.
    • Si la visa es de estudiante, residente oficial o de sus familiares, presente el documento oficial que certifique que tienen autorización para desarrollar actividades en el país.
    • Si la visa es sujeta a contrato, copia del documento.
  • Si el trámite es realizado a través de un mandatario, debe presentar un poder simple (firmado ante notario o un ministro de fe del SII). También debe presentar la cédula de identidad vigente del mandatario (original y fotocopia autorizada ante notario).
  • En caso de personas naturales dedicadas a las actividades mineras o de transporte:
    • Debe acreditar los antecedentes solicitados al reverso del formulario 4415.
    • Antecedentes para acreditar domicilio, según sea el caso.
      • Caso 1: contribuyente afecto a impuestos de segunda categoría (boletas de honorarios) o dedicadas al transporte de pasajeros, no es necesario presentar antecedentes para acreditar el domicilio o el de sus sucursales. 
      • Caso 2: contribuyente afecto a impuestos de primera categoría (actividades comerciales, industriales, mineras, de la construcción etc.) deberán señalar el rol de avalúo de la propiedad y presentar (según corresponda) algunos de los siguientes antecedentes: 

1. En caso de inmueble propio del contribuyente:

  • Certificado original de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces.
  • Certificado original de avalúo a nombre del contribuyente.
  • Escritura de compra y venta original u otro documento que demuestre la propiedad o usufructo (posesión efectiva, donación, eentre otros).
  • Factura de compra original del inmueble, emitida por la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la persona.
  • Carta firmada por el representante de la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la persona y que se encuentran en proceso de perfeccionamiento de los títulos definitivos.

2. En caso de inmueble arrendado:

  • Contrato de arriendo original (a nombre del contribuyente o alguno de sus socios), firmado ante notario.
  • En caso de leasing: presentar el contrato.

Todos los contratos deben estar firmados por los propietarios y, además, por las personas a quienes el propietario otorgue poder, corredores de propiedades que cuenten con órdenes o mandatos de los propietarios, representantes de empresas inmobiliarias y/o constructoras (demostrando que son los representantes y representante de una comunidad o sucesión, según sea el caso).

3. En caso de inmueble cedido bajo cualquier otro concepto:

  • Autorización escrita ante notario o bien ante oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), del propietario o arrendatario para realizar la actividad declarada. Acompañar original, o fotocopia autorizada ante notario, de la cédula de identidad vigente de quien otorga la autorización.
  • Si quien cede es arrendatario del inmueble, debe demostrar tal calidad según rige para un inmueble arrendado.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUT y clave, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, cree una cuenta.
  3. Ingrese su RUT, y haga clic en "continuar".
  4. En el menú "servicios online" seleccione la opción "RUT e inicio de actividades".
  5. Haga clic en "inicio de actividades" y posteriormente en "iniciar actividades".
  6. Ingrese su RUT y haga clic en "continuar"
  7. Complete la información requerida, y haga clic en "continuar".
  8. Si todo está correcto, haga clic en "enviar".
  9. Acepte los términos de la declaración, y haga clic en "efectuar inicio de actividades".
  10. Como resultado del trámite, habrá informado su inicio de actividades y podrá obtener un certificado inmediatamente.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina del Servicio de Impuestos Internos (SII) que corresponde a su domicilio. 
  3. Explique el motivo de su visita: iniciar actividades como persona natural.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá informado su inicio de actividades como persona natural, la cual podrá hacerse efectiva en un plazo de 48 horas.

En caso de solicitar la autorización del timbraje de documentos para uso del crédito fiscal, el SII deberá verificar actividad y tendrá un plazo de 10 días hábiles para confirmar el domicilio en terreno. Posteriormente, el contribuyente puede emitir facturas y otros documentos que den derecho a crédito fiscal del IVA. 

Si requiere emitir documentos de ventas puede inscribirse en el Sistema de facturación gratuito, desde donde puede emitir documentos tributarios electrónicos en forma gratuita. Adicionalmente, puede emitir facturas de inicio en papel, las cuales debe mandar a confeccionar y posteriormente timbrar. En ambos casos, la verificación de actividad y domicilio se realiza en forma paralela.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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