Reclamar o apelar el derecho, monto y fecha de inicio o término del Subsidio de Cesantía

Última actualización:

Permite a trabajadores y trabajadoras cesantes que cumplen los requisitos reclamar o apelar el derecho, monto y fecha de inicio o término del Subsidio de Cesantía ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).

El monto de dinero se entrega a quienes perdieron su empleo por causas ajenas a su voluntad, y se paga por cada día que permanezcan en esta condición, con un tope máximo de 360 días.

Beneficios asociados al Subsidio de Cesantía:

Debido a la contingencia por el contagio del Coronavirus (COVID-19), el trámite sólo está disponible en el sitio web de SUSESO, ya que las oficinas no están atendiendo.

Trabajadores y trabajadoras dependientes que fueron despedidos después del 1 de agosto de 1974; y trabajadores y trabajadoras independientes que al 1 de agosto de 1974 tenían derecho a este beneficio, además de sus representantes (debidamente acreditados con un poder simple).

Requisitos:

  • Estar inscritos en los registros de cesantía del Instituto de Previsión Social (IPS) o Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF).
  • Tener, al menos, 52 semanas o 12 meses continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional (IPS o AFP) dentro de los dos años anteriores a la fecha en que quedó cesante.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda al lugar de residencia del trabajador o de la trabajadora.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador o de la trabajadora.
  • Cédula de identidad vigente.
  • Carta firmada por el interesado o la interesada que contenga:
    • Descripción detallada de la solicitud.
    • Nombre completo y RUT del interesado o de la interesada.
    • Domicilio.
    • Datos de contacto: teléfono y correo electrónico.
    • Institución a cargo del Subsidio de Cesantía: Instituto de Previsión Social (IPS) o Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF).
  • Copia del finiquito.

Importante: si el trámite lo realiza el o la representante del o de la titular debe entregar un poder simple, su cédula de identidad vigente y los documentos mencionados anteriormente.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, seleccione la forma de ingreso: correo electrónico registrado ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) o ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  4. Haga clic en “ingresa al formulario de reclamo” en la opción “hacer un reclamo”.
  5. Seleccione la materia “Subsidio de Cesantía”, la submateria “derecho al Subsidio de Cesantía” y el motivo “derecho a percibir el pago del Subsidio de Cesantía”.
  6. Describa en términos generales su requerimiento donde dice “relato”, y haga clic en “incluye documentos generales” y luego en “comenzar reclamo”.
  7. Complete y verifique sus datos personales, y haga clic en “siguiente”.
  8. Ingrese toda la información relativa a su solicitud (caracterización), adjunte los documentos requeridos, y haga clic en “siguiente”.
  9. Adjunte los documentos generales, y haga clic en “siguiente”.
  10. Complete los datos del empleador, y haga clic en “siguiente”.
  11. Revise el resumen de su apelación, acepte las condiciones de ingreso y si desea recibir la notificación por correo electrónico, y haga clic en “siguiente”.
  12. El sistema le indicará el folio o número de atención el que debe guardar para hacer seguimiento de su caso, y le enviará un correo electrónico con una copia de los antecedentes aportados. 
  13. Como resultado del trámite, habrá ingresado su apelación.

Importante:

  • En un plazo aproximado de 30 días puede consultar el estado de su trámite. Finalizado el análisis, SUSESO enviará a su correo electrónico o domicilio (según lo informado al momento de realizar el trámite) el dictamen que la acoge o rechaza.
  • Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
  • Si el dictamen es favorable, SUSESO notificará al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante SUSESO, aportando nuevos antecedentes.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a: 
  3. Explique el motivo de su visita: reclamar el derecho, monto y fecha de inicio o término del Subsidio de Cesantía.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá ingresado su apelación. Se le entregará un comprobante, el que debe guardar para hacer seguimiento a su caso.

Importante:

  • En un plazo aproximado de 30 días puede consultar el estado de su trámite. Finalizado el análisis, SUSESO enviará a su correo electrónico o domicilio (según lo informado al momento de realizar el trámite) el dictamen que la acoge o rechaza.
  • Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
  • Si el dictamen es favorable, SUSESO notificará al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante SUSESO, aportando nuevos antecedentes.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos en un sobre a la oficina de partes de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), ubicada en Huérfanos 1376, piso 4, Santiago, o a la casilla 13420, correo central, Santiago.
  3. Como resultado del trámite, habrá ingresado su reclamo. 

Importante:

  • En un plazo aproximado de 30 días puede consultar el estado de su trámite. Finalizado el análisis, SUSESO enviará a su correo electrónico o domicilio (según lo informado al momento de realizar el trámite) el dictamen que la acoge o rechaza.
  • Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
  • Si el dictamen es favorable, SUSESO notificará al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante SUSESO, aportando nuevos antecedentes.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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