Permite solicitar autorización para exportar especímenes, partes o derivados de especies, incluidas en la Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Nativa (CITES).
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas interesadas en exportar especies que se encuentran bajo la convención CITES, deben cumplir los siguientes requisitos:
- Los especímenes a exportar no pueden ser del Apéndice I, salvo que se trate de una exportación con fines científicos.
- Haber obtenido legalmente los especímenes.
Detalles
Conocer másLa convención establece tres apéndices o categorías dependiendo del grado de protección de las especies.
- Apéndice I: incluye las especies amenazadas de extinción, cuyo comercio debe estar rigurosamente regulado, autorizándose sólo en circunstancias excepcionales y generalmente para fines de investigación.
- Apéndice II: incluye especies no necesariamente amenazadas de extinción en este momento, pero que podrían estarlo si su comercio no se regula estrictamente.
- Apéndice III: incluye las especies reguladas dentro de la jurisdicción de una de las partes y que precisan la colaboración de otras partes para prevenir o restringir su explotación.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario de solicitud indicando el motivo de la actividad (científico, comercial, entre otros) y el método de transporte.
- En caso de especies del Apéndice I, se necesita un permiso previo CITES de importación otorgado por el país receptor.
- Autorizaciones que permiten la toma de muestras o la captura de especies marinas en territorio nacional.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los documentos requeridos.
- Diríjase a una de las oficinas de Sernapesca.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el permiso para exportar especies incluidas en la Convención CITES.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso para exportar especies incluidas en la convención CITES. Será informado del resultado de su solicitud en un plazo aproximado de 10 días hábiles, vía oficio.