Permite obtener la inscripción en el registro que habilita a las naves para hacer efectivos los derechos provenientes de Licencias Transables de Pesca (LTP) o Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP), que cuenten o no con autorización de pesca.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas titulares de licencias transables de pesca o permisos extraordinarios de pesca.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPara inscripción de embarcaciones o naves:
- Solicitud de inscripción y modificación en el registro de naves en Licencias Transables de Pesca o Permisos Extraordinarios de Pesca.
- Resolución o certificado, según corresponda, emitido por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
- Navegabilidad vigente en Registro Pesquero Artesanal, para embarcaciones inscritas en éste. De no estar vigente, debe realizar el trámite de actualización, previo a la solicitud de inscripción en registro de naves en LTP-PEP.
- En caso de naves industriales y embarcaciones menores no inscritas en RPA u otro:
- Certificado de matrícula y navegabilidad vigente.
- Certificado de matrícula que indique las características técnicas de la nave.
- Certificado de seguridad emitido por la Dirección General Territorio Marítimo (Directemar). Este certificado tiene una vigencia de 5 años, y anualmente la nave debe pasar revista quedando estampado en dicho documento la fecha de la revista.
- Certificado de arqueo si corresponde (mayor o igual a 12 metros eslora).
- Para inscribir embarcaciones o naves que no son de propiedad del que solicita la inscripción, debe adjuntar copia del contrato de arriendo, de comodato u otro similar, (notarial), de la Nave o embarcación, cuya duración no puede ser inferior a seis meses a partir de la presentación de la solicitud.
- En caso de personas jurídicas:
- Fotocopia del Rol Único Tributario.
- Copia autorizada de la escritura de constitución de la sociedad o empresa.
- Copia de la inscripción de la sociedad o empresa solicitante, con certificación de vigencia, emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
- En caso de que quien firme la solicitud no sea el titular del beneficio, poder de acreditación de representación legal vigente (notarial) y fotocopia ambos lados de cédula de identidad.
Para inscripción de arrendamiento o comodato:
- Carta solicitud identificando a los participantes (arrendadores y arrendatarios).
- Identificación de la unidad de pesquería y de los permisos extraordinarios de pesca (resolución y porcentaje de adjudicación) que se darán en arriendo o comodato.
- Copia del contrato de arrendamiento o comodato del permiso.
Importante: las vigencias de documentos notariales de representación no podrán tener una antigüedad mayor a seis meses, contados desde la fecha de su emisión a la presentación de la solicitud.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLas inscripciones en el registro son válidas durante el año calendario, asociada al ejercicio de la cuota adjudicada.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una de las oficinas de Sernapesca.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción de naves en el Registro de Permisos Extraordinarios.
- Entregue los antecedentes requeiridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Envíelos por correo electrónico a inscripcionesltpopep@sernapesca.cl.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Art. 26, 29, 39 y 55T de Ley General de Pesca y Acuicultura.
- Resolución exenta N° 3200, del 21/11/2013 (modificada por resolución exenta N° 3544, del 24/12/2014; Nº 3281, del 1/12/2015; y Nº 1475 del 12/5/2016, todas de Subpesca).
- Resolución exenta N° 1550, del 28/5/2014 (modificada por resolución exenta N° 4702, del 9/7/2015, ambas de Sernapesca).