Permite solicitar que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) actúe como juez árbitro para tramitar y resolver una controversia entre un asegurado o beneficiario y una compañía de seguros.
El procedimiento se puede realizar si en las condiciones generales de la póliza de seguros existe una cláusula sobre solución de conflictos, con la denominación de arbitraje, solución de controversias u otra que se pueda homologar.
¿A quién va dirigido?
Conocer másAsegurados o beneficiarios de un seguro que reclamen un monto de indemnización no superior a 120 Unidades de Fomento (UF) o 500 UF, si es un seguro obligatorio.
Si los montos son superiores, el arbitraje no podrá ser requerido a sola petición del asegurado o beneficiario, sino que debe hacerse de común acuerdo con la compañía de seguros.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másNo es necesario ningún documento.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Diríjase a la oficina de partes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el arbitraje de la CMF en una controversia con una compañia de seguros.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el arbitraje.
Importante: la duración del juicio arbitral depende de las diligencias de las partes, la mayor o menor complejidad de las materias, la tramitación que deba darse en el juicio respectivo o situaciones nuevas en que no existan antecedentes de la materia.
Consulte el estado de su trámite:
- En el sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
- En la oficina de partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, piso 1, Santiago. También puede enviar una carta a esta dirección.
- Envíe una carta dirigida a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, primer piso, Santiago.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el arbitraje.
Importante: la duración del juicio arbitral depende de las diligencias de las partes, la mayor o menor complejidad de las materias, la tramitación que deba darse en el juicio respectivo o situaciones nuevas en que no existan antecedentes de la materia.
Consulte el estado de su trámite:
- En el sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
- En la oficina de partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, piso 1, Santiago. También puede enviar una carta a esta dirección.