Permite a los armadores industriales inscribirse en el Registro Nacional Pesquero Industrial (RPI) que los habilita para realizar actividades extractivas.
¿A quién va dirigido?
Conocer másArmadores industriales autorizados por resolución de la Subsecretaría de Pesca para actividades de pesca extractiva.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Solicitud de inscripción en el Registro Pesquero Industrial.
- Copia de resolución de autorización.
- Copia de publicación del extracto de resolución en el Diario Oficial.
- En el caso de personas jurídicas, acreditación del representante legal.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa autorización tiene validez mientras no sea dejada sin efecto por resolución de la Subsecretaría de Pesca.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a alguna de las oficinas de Sernapesca.
- Explique el motivo de su visita: inscribirse en el Registro Nacional Pesquero Industrial.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, solicitará la inscripción de una nave en el Registro Nacional Pesquero Industrial. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 60 días hábiles.
Importante: si la solicitud es acogida, la inscripción se materializará mediante la emisión de un certificado.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.