Renta vitalicia de sobrevivencia para bomberos

Última actualización:

Permite a los herederos y las herederas de un bombero o una bombera fallecido en acto de servicio solicitar una pensión de sobrevivencia mensual y vitalicia de 25 Unidades de Fomento (UF).

Si el voluntario o la voluntaria percibía una renta vitalicia de invalidez de 30 UF, la renta de sobrevivencia tendrá un tope de 25 UF.

El trámite se puede realizar durante todo el año en la oficina de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y por carta.
  • Cónyuge sobreviviente o conviviente civil.
  • Hijos e hijas menores de edad.
  • Hijos e hijas estudiantes hasta los 24 años.
  • Hijos mayores de 18 años incapacitados para ejercer una profesión u oficio a la fecha de fallecimiento del voluntario o de la voluntaria.
  • El padre y la madre que viva a expensas del voluntario o de la voluntaria, siempre y cuando no existan hijos, hijas, ni cónyuge sobreviviente.
  • Formulario de solicitud.
  • Certificado del superintendente de bomberos que acredite que es bombero o bombera.
  • Certificado emitido por Carabineros de Chile correspondiente al territorio administrativo donde falleció el voluntario o la voluntaria. Debe contener: fecha y hora del accidente, y descripción del acto de servicio que estaba realizando (extinción de incendio, rescate, ejercicios de la compañía, guardia nocturna, entre otros).
  • Informe del médico tratante perteneciente a uno de los establecimientos del servicio de salud, hospitales clínicos de las universidades Católica o de Chile, y hospitales de las Fuerzas Armadas y de Orden, o de las mutualidades de empleadores.
  • Certificado de defunción y matrimonio del voluntario o de la voluntaria fallecidos.
  • Certificado de nacimiento de cada uno de los hijos e hijas.
  • Declaración jurada que indique que no existen otros beneficiarios o beneficiarias.
  • Declaración jurada de la cónyuge que indique que no ha vuelto a contraer matrimonio o un Acuerdo de Unión Civil (AUC).
  • Certificado de estudios de una institución reconocida por el Ministerio de Educación (Mineduc), en caso de hijos e hijas mayores de 18 años y menores de 24 años que estudian.
  • Los padres y madres sobrevivientes deberán entregar una declaración jurada que indique que no existe cónyuge o conviviente civil, ni hijos e hijas sobrevivientes. Además, deben aportar antecedentes sobre las rentas del hijo o de la hija fallecido, y acreditar su situación económica personal.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de partes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre 1, piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar una renta vitalicia de sobrevivencia para bomberos o bomberas.
  4. Como resultado del trámite. habrá solicitado la renta vitalicia, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de 45 días.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos junto a una carta dirigida a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, primer piso, Santiago.
  3. Como resultado del trámite habrá solicitado la renta vitalicia, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de 45 días.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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