Permite acreditar el origen legal del bacalao de profundidad (dissotichus), según la medida de conservación de la convención sobre conservación de los recursos vivos marinos.
¿A quién va dirigido?
Conocer másArmadores, personas y empresas que comercializan el bacalao, que cumplan los siguientes requisitos:
- Contar con autorización para su captura en las áreas de pesca autorizadas.
- Acreditar origen legal del recurso o producto.
Detalles
Conocer másAl momento del desembarque, los armadores industriales y artesanales, y comercializadores deben solicitar al Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) la emisión de un Documento de Captura de Dissotichus (DCD).
Para acceder al DCD se debe contar con documentación que acredite el origen de la captura, a través de uno de los formularios:
- De Desembarque Industrial (DI).
- De Desembarque Artesanal (DA).
- De desembarque Barcos Fábricas (BF).
Los comercializadores, además, deben adjuntar una factura de compra o venta.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario de: Desembarque Industrial (DI), Desembarque Artesanal (DA) o desembarque Barcos Fábricas (BF).
- Formulario de adquisición de bacalao entregado por SERNAPESCA (para comercializadores).
- Documento tributario de compra o venta, según corresponda.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa validez del documento se extiende hasta la comercialización del bacalao, período que pudiera llegar a ser indefinido, mientras exista saldo.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a alguna de las oficinas de Sernapesca.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la acreditación de origen legal del bacalao.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la acreditación. Podrá obtener inmediatamente un certificado que acredita el origen legal del bacalao.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Medida de conservación 10-05 CCRVMA 2012-2013.
- Resolución exenta N° 2153, del 12 de septiembre de 2013, que establece procedimientos para embarcaciones artesanales inscritas en el recurso bacalao de profundidad (Diddostichus Eleginoides) o que tengan permisos extraordinarios de pesca.
- Resolución exenta N° 1469, del 28 de junio de 2013, que establece procedimientos de control para las naves pesqueras que operan sobre el recurso bacalao de profundidad y para la aplicación de las medidas de conservación de la CCRVMA.
- Resolución Nº 1319, del 6 de mayo de 2014, que establece el procedimiento, las condiciones generales que se deben cumplir para acreditar el origen legal de los recursos hidrobiológicos y sus productos derivados.
- Decreto supremo N° 129 del 14 de agosto de 2013, que establece reglamento para la entrega de información de pesca y acuicultura y la acreditación de origen. Deja sin efecto el decreto supremo que indica.