Permiso para introducir especies que se encuentran en la convención CITES

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Permite solicitar autorización para introducir especies listadas en la convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), capturadas o pescadas en aguas internacionales.

La convención funciona sobre la base de un sistema de permisos y certificados que se obtienen sólo si cumple con las condiciones, y deben presentarse antes de la salida o entrada de especímenes dentro de los países firmantes.
El trámite está disponible durante todo el año.

Personas naturales o jurídicas interesadas en introducir de manera legal y desde aguas internacionales cualquier espécimen (parte o derivado) que se encuentren en la convención CITES.

De acuerdo con la convención CITES, existen tres apéndices o categorías para definir el grado de protección de las especies.

  • Apéndice I: incluye las especies amenazadas de extinción, cuyo comercio debe estar rigurosamente regulado, autorizándose sólo en circunstancias excepcionales y generalmente para fines de investigación.
  • Apéndice II: incluye especies no necesariamente amenazadas de extinción en este momento, pero que podrían estarlo si su comercio no se regula estrictamente.
  • Apéndice III: incluye las especies reguladas dentro de la jurisdicción de una de las partes, y que precisan la colaboración de otras partes para prevenir o restringir su explotación.
  • Formulario de solicitud de permisos y certificados CITES.
  • Documentos que prueben que los especímenes fueron obtenidos en forma legal (facturas de compra o venta emitidas por el Servicio de Impuestos Internos)
  • Informe de la autoridad científica que determine que la introducción de los especímenes, no perjudicará la sobrevivencia de dicha especie.
  • Permiso de introducción desde el mar.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a alguna de las oficinas de Sernapesca.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar el permiso para introducir desde aguas internacionales especies que se encuentren en la convención CITES.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso. Obtendrá una respuesta vía oficio en un plazo aproximado de 10 días hábiles.
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- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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