Permite a imponentes dependientes de una ex caja del Sistema de Reparto y a trabajadores y trabajadoras independientes acogerse como imponentes voluntarios para tener continuidad en sus imposiciones.
El beneficio de imposición voluntaria la otorga el ex Servicio del Seguro Social (SSS) y las siguientes ex cajas:
- Empleados Particulares (EMPART).
- Empleados Públicos y Periodistsector público y sector periodistas).
- Empleados del Banco del Estado de Chile.
El beneficio de imposición independiente lo otorga el ex Servicio del Seguro Social (SSS) y las siguientes ex cajas:
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Imponentes de una ex caja del antiguo Sistema de Reparto que dejaron de cotizar y desean volver a hacerlo.
- Trabajadores y trabajadoras independientes que registren imposiciones en el antiguo sistema de previsión con anterioridad al 1 de enero de 1983 y que no estén afiliados a una AFP.
Importante: obtenga más información sobre los requisitos específicos que deben cumplir los beneficiarios y beneficiarias (ver campo Descripción).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por una persona apoderada.
Importante: obtenga más información sobre los documentos específicos que deben entregar los beneficiarios (ver campo Descripción).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: acceder a la imposición voluntaria o independiente del ex Servicio de Seguro Social (SSS) o una ex caja del antiguo del Sistema de Reparto.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.
Consulte el estado del trámite:
- Llamando al 101, en estos horarios.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 10.621.
- Ley Nº 10.475.
- Ley Nº 18.095.
- Ley Nº 15.478.
- Ley Nº 15.722.
- Artículo 2 de la Ley Nº 10.383.
- Artículo 52 de la Ley Nº 18.899.
- Artículo 66 de la Ley Nº 18.768.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 2, de 1986.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 91, de 1979.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 50, de 1979.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 11, de 1993.
- Artículo 16 del Decrecto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 1.340 bis, de 1930.
- Artículo 3 del Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 2.252, de 1957.
- Decreto Nº 601, de 1964.
- Decreto Nº 615, de 1956.
- Decreto Nº 207, de 1965.
- Decreto Nº 68, de 1983.
- Reglamento de la Ley Nº 15.478.
- Reglamento de la Ley Nº 15.722.