Permite que las entidades de certificación de instalaciones de gas ingresen todo proceso de certificación, inspección periódica y verificación de la conversión que ellas realicen, a través del sistema de Certificación de Instalaciones Interiores de Gas electrónico (CIIGe).
¿A quién va dirigido?
Conocer másEmpresas de certificación de instalaciones interiores de gas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Detalles
Conocer másInspección periódica: permite verificar periódicamente el funcionamiento de las instalaciones interiores de gas de viviendas que pertenezcan a inmuebles colectivos (edificios), comerciales o de afluencia de público. Producto de esa verificación, se otorga un certificado de aprobación o un informe de rechazo.
Certificación: procedimiento mediante el cual las instalaciones interiores de gas nuevas o modificadas -casas, inmuebles colectivos(edificios), comerciales o de afluencia de público-, como también sus equipos de gas licuado de petróleo, medidores de gas y accesorios necesarios para el abastecimiento de gas, son sometidas a verificaciones y ensayos, de acuerdo con el Procedimiento de Certificación e Inspección de Instalaciones Interiores de Gas.
Tipos de informes y/o documentos oficiales que se generan, según el procedimiento:
- Certificación y modificación (para viviendas nuevas):
- Certificado de aprobación de instalaciones interiores de gas ("sello verde").
- Informe de rechazo.
- Inspección periódica a inmuebles colectivos, comerciales o de afluencia de público:
- Certificado de sello verde: aprobado.
- Certificado de sello amarillo: pendiente.
- Certificado de sello rojo: rechazado.
- Conversión:
- Certificado de aprobación de la conversión.
- Informe de rechazo de la conversión.
La entidad certificadora responsable de una evaluación debe identificarse e informar sobre estos resultados a la SEC.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másLas entidades de certificación registradas y autorizadas por SEC deberán contar con un nombre de usuario, contraseña y manual de instrucciones para el uso del sistema.
Para obtener la clave al sistema CIIGE, profesionales de la SEC tomarán contacto con el o los representante(s) legal(es), para coordinar el día y hora en que deben acudir personalmente a firmar la cláusula de responsabilidad para el uso del sistema de trámites en línea.
Allí se le hará entrega de la clave de acceso al sistema CIIGe, y quedará habilitado para operar en dicho sistema.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Escriba su RUT de usuario, RUT de la empresa, y haga clic en "aceptar".
- Siga las instrucciones que aparecen en pantalla.
- Como resultado del trámite, habrá accedido al sistema CIIGe para ingresar la información que corresponda.
Si requiere más información, llame al 600 6000 732 o escriba a contacto@sec.cl.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 18.410 que crea la SEC.
- Decreto Supremo (DS) Nº 66 de 2007, del Ministerio de Económia, Fomento y Turismo.
- Resolución exenta Nº 1.250 de 2009.
- Resolución exenta Nº 29.738.