Suspensión del pago del Crédito con Garantía Estatal por cesantía (CAE)

Última actualización:

Permite a beneficiarios del Crédito con Garantía Estatal (CAE) que perdieron su trabajo o no han encontrado uno solicitar la suspensión del cobro de sus cuotas a la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores (Comisión Ingresa).

Para acogerse al beneficio, hay que estar al día en el pago de la deuda o tener una morosidad no mayor a 45 días corridos desde que se dejó de pagar.

Obtenga más información.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web de la Comisión Ingresa.

Deudores del Crédito con Garantía Estatal (CAE) que estén sin trabajo, o que les hayan suspendido su contrato por la Ley de Protección al Empleo.

Documentos que acrediten tu situación familiar, socioeconómica y condición de cesantía, así como la de tu cónyuge, conviviente o conviviente civil, si es el caso. 

Importante: si por la crisis sanitaria del Coronavirus (Covid-19), tu empleador suspendió tu contrato de trabajo, acogiéndose a la Ley de Protección del Empleo, debes adjuntar alguno de estos documentos:

  • Certificado de Beneficios Percibidos, emitido por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
  • Copia anexo de contrato con el respectivo acuerdo de suspensión del contrato (debe aparecer tu nombre).
  • Carta o certificado del empleador a tu nombre, notificando la suspensión del contrato.
  • Número de registro del pacto de suspensión de contrato en la AFC (y RUT del empleador).
  • Otro documento que acredite que tu contrato fue suspendido.

Para evitar que te desplaces durante la crisis sanitaria, si eres soltero o soltera, podrás acreditar esa condición, adjuntando uno de estos documentos:

  • Informe de No Matrimonio, emitido por el Registro Civil e Identificación.
  • Declaración jurada de soltería, firmada ante Notario, de hasta un año de antigüedad, o bien, una declaración jurada simple de soltería, firmada por la persona interesada, en el que:
    • Declare que estás soltero o soltera.
    • Expreses que dicha declaración la realizas para solicitar la suspensión de pago del Crédito con Garantía Estatal (CAE) y que por razones de fuerza mayor, no es posible que vayas hasta una notaría pública.

El beneficio se otorga por seis meses y puede ser renovado. 

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUT y clave, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, solicite una clave.
  3. Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y haga clic en "enviar solicitud".
  4. Imprima y guarde el comprobante de su requerimiento.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la suspensión del cobro de las cuotas del crédito con Garantía Estatal por cesantía.

Comisión Ingresa evaluará su requerimiento en un plazo de 30 días hábiles y enviará la respuesta a su correo electrónico. Si la postulación es rechazada, el deudor tiene derecho a presentar una nueva solicitud para acceder al beneficio.

Si requiere más información:

- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

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