Protección de derechos del obtentor (registro de variedades protegidas)

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Inscríbete en el registro de variedades protegidas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que resguarda el derecho que el obtentor tiene sobre su variedad vegetal: otorga la exclusividad para producir, multiplicar y comerciar la semilla o planta de la variedad. Está abierto a todos los géneros y especies botánicas.

La duración de la inscripción es por 18 años para árboles y vide, y de 15 años para las demás especies.

Las transgresiones al derecho del obtentor son sancionadas penalmente, según lo establece el artículo 44° de la Ley 342.
Ingresa la solicitud durante todo el año a través del sitio web, en la oficina central y direcciones regionales del SAG.

Toda personas chilena o extranjera que desee proteger su variedad y cumpla con los siguientes requisitos:

  • Tener residencia o representante autorizado en Chile.
  • Demostrar que las variedades a proteger son nuevas, diferenciables, homogéneas y estables.

Carta conductora dirigida al Jefe de la División Protección Agrícola-Forestal y Semillas, detallando todos los documentos que se presentan:

  • Solicitud de inscripción en el registro de variedades protegidas. Revise la guía para completar el formulario.
  • Poder del dueño o dueña de la variedad legalizado en el consulado de Chile, en el país de origen o apostillado (para variedades cuyo propietario sea extranjero), o poder en que conste la personería de quien actúe en nombre del obtentor.
  • Descripción morfológica de la variedad en pauta oficial.
  • Certificado de inscripción de la variedad en el país de origen, otorgado por la oficina de protección de variedades, el cual debe estar legalizado y debidamente traducido.
  • Muestra representativa de la variedad cuya inscripción se solicita, en la cantidad que determine el comité calificador para especies agrícolas o bien croquis de ubicación de plantas testigos, para especies frutales, forestales y ornamentales.
  • Comprobante del pago de los costos de inscripción.

Tarifas a cobrar por solicitud en el registro de variedades protegidas (RVP) y en el registro de variedades aptas para certificación (RVAC):

Tipo de solicitud según registro al cual postula

Tarifa (UTM + IVA/variedad)

RVP

6,9

RVAC

1,8

Solicitud para RVP y RVAC

8,3

Tarifas a cobrar por la realización de pruebas y exámenes técnicos de distinción, homogeneidad y estabilidad (DHE):

Tipo de DHE según lugar de realización

Tarifa (UTM + IVA/variedad)

Ejecución prueba DHE en instalaciones del SAG

Prueba base (2 años)

11,0

Año adicional

5,5

Ejecución prueba DHE en instalaciones del interesado para especies frutales y forestales

Prueba base (2 años)

23,5

Año adicional

11,75

Ejecución prueba DHE en instalaciones del interesado para otras especies

Prueba base (2 años)

19,5

Año adicional

9,75

Tarifas a cobrar por la mantención anual:

Mantención según registro

Tarifa (UTM + IVA/Variedad)

Mantención anual en RVP

3,1

Mantención anual en RVAC

0,5

El costo de mantención anual se paga a partir del año siguiente de la inscripción provisoria de la variedad.

Inscríbete en el registro de variedades protegidas:

Importante: si realizas la solicitud por el sitio web, igualmente debes presentar los antecedentes en la oficina de partes o regionales del SAG.

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Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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