Permite a los deudores que están al día acceder al pago del Crédito con Garantía Estatal (CAE) en cuotas no mayores al 10% de su renta bruta promedio (de los últimos 12 meses), cuando su cuota es mayor a ese porcentaje.
- Obtenga más información sobre cómo acceder a cuotas rebajadas al 10% de la renta.
- Revise las preguntas frecuentes sobre la rebaja de la cuota CAE al 10% de la renta.
- Si usted está cesante, solicite la suspensión del cobro de sus cuotas.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Egresados o desertores de la carrera, que ya estén pagando el crédito CAE que solicitaron para sus estudios o cuyo cobro se iniciará el mes siguiente o subsiguiente.
- Quienes ya tienen este beneficio y quieran renovarlo por otros seis meses.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másSegún la situación laboral que tenga, deberá adjuntar los documentos que correspondan:
Tendrá que adjuntar: |
Si trabajó como: |
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Dependiente (con contrato de trabajo) o pensionado |
Independiente (trabajo a honorarios) |
Ambos (dependiente e independiente) |
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Certificado de afiliación a una AFP, otorgado por la Superintendencia de Pensiones |
No |
Sí |
Sí |
Certificado de remuneraciones imponibles de 24 meses, emitido por AFP |
Sí |
Será exigido sólo si está afiliado a una AFP. |
|
Certificado de sueldo emitido por el (los) empleadores |
Será exigido sólo si su sueldo supera el tope imponible del año 2018 ($2.100.393). |
No |
Será exigido sólo si su sueldo supera el tope imponible del año 2018 ($2.100.393). |
Carpeta tributaria para solicitar créditos del Servicio de Impuestos Internos |
Sí |
Sí |
Sí |
Informe de boletas de honorarios (año actual y anterior) del Servicio de Impuestos Internos |
No |
Sí |
Sí |
No |
Sí |
Sí | |
Documentos que acrediten otras rentas |
Será exigido sólo si declara renta en la columna “otros”. |
Importante:
- Obtenga más información sobre los antecedentes a adjuntar.
- La carga de datos tiene las siguientes restricciones: el tamaño máximo permitido es de 1 MB y los formatos de archivo autorizados son PDF, JPG, GIF, PNG, ZIP y RAR.
- Los documentos a adjuntar deben estar vigentes (no más de 30 días desde su fecha de emisión).
- Para más información revise el instructivo de llenado del formulario, sección documentación a adjuntar.
- Para seleccionar el tipo de dependencia laboral, debe considerar la situación que ha tenido en los 12 meses que aparecen en el formulario. Si en ese período, además de ser trabajador dependiente, emitió boletas de honorarios, su opción corresponde a ambos (dependiente e independiente) y adjunte los documentos indicados en esa categoría, pues de lo contrario, su postulación podría ser rechazada por tener inconsistencias con la información del SII.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másEl beneficio se otorga por seis meses, renovable las veces que sea necesario, completando y enviando el formulario de postulación y acreditando nuevamente el promedio de renta bruta de los 12 meses indicados en el formulario.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUT y clave, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, solicite una clave.
- Complete los datos requeridos, y genere la declaración jurada.
- Adjunte los documentos, y haga clic en "enviar postulación". (Después de enviar el formulario no podrá hacer correcciones).
- Imprima y guarde el comprobante de postulación.
- Como resultado del trámite, habrá postulado a la rebaja de la cuota. Revise el resultado de su postulación en el mismo sistema.
Si requiere más información:
- Revise el instructivo de llenado del formulario.
- Llame al 600 901 1000 (de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas).
- Escriba al sistema de atención de consultas.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley N° 20.027, que establece normas para el financiamiento de estudios de educación superior.
- Ley N° 20.634, que otorga beneficios a los deudores del crédito con Garantía Estatal y modifica la Ley N° 20.027
- Reglamento del sistema de créditos con garantía del Estado (del 28 de enero de 2006 al 23 de mayo de 2011).
- Reglamento del sistema de créditos con garantía del Estado (a partir del 24 de mayo de 2011).
- Reglamento del sistema de créditos con garantía del Estado (a partir del 25 de mayo de 2013).