Inscripción de un servicio en las modalidades de taxi básico, ejecutivo o turismo en el Registro Nacional de Servicios de Transportes de Pasajeros (RNSTP), a cargo de la Subsecretaría de Transportes.
¿A quién va dirigido?
Conocer másOperadores o personas interesadas en establecer un servicio de transporte público urbano con taxis básicos, de turismo o ejecutivos, y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Los vehículos ofrecidos, deben tener el permiso de circulación como vehículo de alquiler vigente.
- Deben cumplir con los requisitos técnicos, de estructura y antigüedad (establecidos por el decreto supremo Nº 212, de 1992).
- Se puede solicitar el servicio correspondiente solamente con vehículos que figuren ya inscritos en otros servicios o modalidades, salvo casos fortuitos y siempre que cumplan con los requisitos establecidos en Ley N° 20.867.
Detalles
Conocer másLas modalidades son las siguientes:
- Taxi básico: permite atender viajes cuyo origen y destino es determinado por los pasajeros que lo utilizan, pudiendo contar con paraderos.
- Taxi de turismo: atiende viajes destinados principalmente a pasajeros de hoteles, aeropuertos y otros, orientados a turistas, y que operan con tarifa convencional.
- Taxi ejecutivo: sólo atiende viajes solicitados a distancia por cualquier persona, a través de los distintos medios de comunicación, no pudiendo atender viajes solicitados en la vía pública.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másAntecedentes del beneficiario:
- Formulario N° 1, firmado por la persona natural o representante de la persona jurídica que solicita la inscripción y que será responsable del servicio inscrito.
- En caso de personas naturales, fotocopia simple de la cédula de identidad.
- En caso de personas jurídicas la constitución y personería de quien comparece por ella.
- Formulario N° 3 con la constancia de la existencia de un título que habilite al interesado a destinar los vehículos al servicio, firmada por el responsable del servicio o peticionario y él o los propietarios de los vehículos, cuando éstos no pertenezcan al solicitante.
- Resolución de cancelación o certificado correspondiente, emitido por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones competente, si los vehículos ofrecidos provienen de servicios de otra región.
Antecedentes de los vehículos:
- Hoja 2 del formulario N° 1 y el formulario N° 3, si se trata de un número mayor de vehículos.
- En caso de que la secretaría regional correspondiente no cuente con acceso a la información en línea otorgada por el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI):
- Certificado de inscripción o de anotaciones vigentes en el Registro de Vehículo Motorizados, otorgado por el SRCeI.
- Fotocopia simple del certificado de revisión técnica vigente, de cada vehículo que se destinará al servicio y que se inscribe.
Antecedentes relativos a los conductores:
- Para cada servicio debe adjuntarse una nómina de los conductores, cuando corresponda.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másPor el período que se indica en cada certificado o autorización, el cual está determinado por la normativa vigente o por resoluciones regionales en cuanto corresponda.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Dríjase a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones correspondiente a la ciudad donde prestará el servicio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción de servicios de taxi básico en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros (RNSTP).
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado su solicitud de inscripción al RNSTP.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más$790 por concepto del certificado de registro para cada vehículo registrado.
Marco Legal
Conocer más- Decreto supremo Nº 212, de 1992 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Ley Nº 20.867 de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.