Inscripción de servicios de taxi básico en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros

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Inscripción de un servicio en las modalidades de taxi básico, ejecutivo o turismo en el Registro Nacional de Servicios de Transportes de Pasajeros (RNSTP), a cargo de la Subsecretaría de Transportes.

Importante: el parque de taxis no puede ser aumentado, por lo que sólo se permiten reemplazos. Es decir, para ingresar un vehículo nuevo, otro debe ser retirado o cambiado.

Operadores o personas interesadas en establecer un servicio de transporte público urbano con taxis básicos, de turismo o ejecutivos, y que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Los vehículos ofrecidos, deben tener el permiso de circulación como vehículo de alquiler vigente.
  • Deben cumplir con los requisitos técnicos, de estructura y antigüedad (establecidos por el decreto supremo Nº 212, de 1992).
  • Se puede solicitar el servicio correspondiente solamente con vehículos que figuren ya inscritos en otros servicios o modalidades, salvo casos fortuitos y siempre que cumplan con los requisitos establecidos en Ley N° 20.867.

Las modalidades son las siguientes:

  • Taxi básico: permite atender viajes cuyo origen y destino es determinado por los pasajeros que lo utilizan, pudiendo contar con paraderos.
  • Taxi de turismo: atiende viajes destinados principalmente a pasajeros de hoteles, aeropuertos y otros, orientados a turistas, y que operan con tarifa convencional.
  • Taxi ejecutivo: sólo atiende viajes solicitados a distancia por cualquier persona, a través de los distintos medios de comunicación, no pudiendo atender viajes solicitados en la vía pública.

Antecedentes del beneficiario:

  • Formulario N° 1, firmado por la persona natural o representante de la persona jurídica que solicita la inscripción y que será responsable del servicio inscrito.
  • En caso de personas naturales, fotocopia simple de la cédula de identidad.
  • En caso de personas jurídicas la constitución y personería de quien comparece por ella.
  • Formulario N° 3 con la constancia de la existencia de un título que habilite al interesado a destinar los vehículos al servicio, firmada por el responsable del servicio o peticionario y él o los propietarios de los vehículos, cuando éstos no pertenezcan al solicitante.
  • Resolución de cancelación o certificado correspondiente, emitido por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones competente, si los vehículos ofrecidos provienen de servicios de otra región.

Antecedentes de los vehículos:

  • Hoja 2 del formulario N° 1 y el formulario N° 3, si se trata de un número mayor de vehículos.
  • En caso de que la secretaría regional correspondiente no cuente con acceso a la información en línea otorgada por el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI):
    • Certificado de inscripción o de anotaciones vigentes en el Registro de Vehículo Motorizados, otorgado por el SRCeI.
    • Fotocopia simple del certificado de revisión técnica vigente, de cada vehículo que se destinará al servicio y que se inscribe.

Antecedentes relativos a los conductores:

  • Para cada servicio debe adjuntarse una nómina de los conductores, cuando corresponda.

Por el período que se indica en cada certificado o autorización, el cual está determinado por la normativa vigente o por resoluciones regionales en cuanto corresponda.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos. 
  2. Dríjase a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones correspondiente a la ciudad donde prestará el servicio. 
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción de servicios de taxi básico en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros (RNSTP).
  4. Entregue los antecedentes requeridos. 
  5. Como resultado del trámite, habrá presentado su solicitud de inscripción al RNSTP.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

$790 por concepto del certificado de registro para cada vehículo registrado.

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