Permite a los sostenedores solicitar al Ministerio de Educación (Mineduc) que autorice a personas que no poseen título profesional en el área de la educación, para que puedan ejercer como docentes en un subsector o asignatura, producto de las siguientes condiciones de carencia:
- No se encuentre inscrito, en el rol de postulantes, ningún docente titulado o habilitado para postular en el nivel o especialidad de enseñanza que se solicita.
- Ninguno de los inscritos desee ejercer docencia en el establecimiento educacional.
- Previo llamado público, realizado por el sostenedor para llenar cargos en un periódico de circulación nacional, no se presente ningún interesado.
Revise las preguntas frecuentes.
¿A quién va dirigido?
Conocer másSostenedores que requieran autorizar a una persona para ejercer como docente de aula en su establecimiento.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Certificado de título original o fotocopia legalizada.
- Certificado de alumna o alumno regular que señale número de semestres cursados en caso de estudiantes de pedagogía.
- Certificado de egreso (cuando corresponda).
- Certificado de antecedentes para fines especiales.
- Consulta de inhabilidades para trabajar con menores.
- Recorte de publicación en un diario de circulación nacional o constancia del rol del postulante. En caso de ausencia o vacancia durante el año escolar, constancia del rol del postulante, sin que sea menester la publicación del diario de circulación nacional.
- Copia de licencia médica, permiso o renuncia (cuando corresponda).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en “ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de la institución, escriba el RUT del sostenedor y clave, y haga clic en “ingresar”.
- Haga clic en la opción “autorización docente”.
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y haga clic en “enviar formulario”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización de ejercicio docente. Recibirá un correo electrónico con el comprobante de su solicitud.
Importante:
- El SEREMI o jefe del Departamento Provincial de Educación, deberá pronunciarse dentro del plazo de los 10 días siguientes a la fecha del requerimiento.
- En caso de rechazo, las apelaciones deben dirigirse al jefe de la División de Educación General del Ministerio de Educación (Mineduc), a través de carta certificada o directamente en la oficina de partes del nivel central o regional.
- Si requiere más información, llame al 600 600 26 26.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.