Permite solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud la autorización para valorizar o eliminar los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP) en una instalación externa debidamente autorizada.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas responsables de establecimientos industriales que generan algún desecho sólido industrial.
Importante: a las personas que realizan las actividades de valorización de residuos generados por terceros se les denomina destinatarios y quienes los producen son los generadores.
Detalles
Conocer másSe consideran residuos industriales sólidos aquellos desechos o residuos sólidos, semisólidos o líquidos envasados, resultantes de cualquier proceso industrial que no son eliminados o valorizados en el mismo establecimiento industrial. Éstos deben ser declarados en términos de cantidad y calidad ante la Autoridad Sanitaria.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Resolución sanitaria, en caso de que el destinatario se ubique fuera de la región Metropolitana o si el transportista no ha sido autorizado en la región Metropolitana.
- Descripción de los residuos sólidos, características físico químicas, composición y cantidades de residuos industriales no peligrosos generados.
- Destinatarios autorizados a los que se enviará cada residuo industrial no peligroso.
- Transportistas con autorización sanitaria, quienes trasladarán los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RISNP).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud correspondiente a su región.
- Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para disponer Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP).
- Entregue los antecedentes requeridos, y complete el formulario si no lo descargó previamente del sitio web de la respectiva Seremi de Salud.
- Pague el valor del trámite en la caja de la Seremi de Salud o en la entidad bancaria que le indique el funcionario.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización, cuya resolución podrá obtener en un plazo aproximado de 60 días hábiles, sólo si la autoridad determina que efectivamente el residuo no es peligroso.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Decreto supremo N° 594, de 1999, sobre el reglamento de las condiciones sanitarias ambientales básicas en los lugares de trabajo.
- Resolución N° 5081, de 2003, del SESMA.