Permite el funcionamiento de una obra de sistemas de agua potable o tratamiento de aguas servidas particular (alcantarillado) para una instalación o propiedad específica, en zonas donde no existe cobertura o provisión de agua por parte de una empresa sanitaria.
Para que la obra sea aprobada es necesario que los interesados cuenten con la resolución que aprueba el proyecto de agua potable o tratamiento de aguas servidas. Una vez que el servicio de agua potable esté disponible, la resolución tendrá validez mientras dure la fuente de captación, es decir, mientras exista agua para potabilizar o se cumpla con las instalaciones regularizadas.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que habiten o desarrollen sus actividades donde no existe cobertura o provisión de agua por parte de una empresa sanitaria.
Importante: el trámite lo debe realizar el proyectista responsable de la obra, quien debe estar previamente inscrito en el registro de proyectistas de agua potable.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario de solicitud que algunas SEREMIS de Salud tienen disponible en su sitio web.
- Copia de la resolución de aprobación del proyecto de agua potable o tratamiento de aguas servidas.
- Copia de los planos timbrados cuando se solicitó la autorización del proyecto.
- Análisis físico químico y bacteriológico del agua cruda, dando cumplimiento a la normativa vigente, cuya fecha de emisión no supere el año al momento de presentarlo.
Importante: las SEREMI de Salud pueden requerir los documentos presentados durante la etapa de aprobación del proyecto de agua potable o tratamiento de aguas servidas. Obtenga más información por teléfono o a través del sitio web de cada SEREMI de Salud.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud correspondiente a su comuna.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la aprobación de una obra de agua potable o tratamiento de aguas servidas.
- Entregue los antecedentes requeridos y complete el formulario si no lo descargó previamente del sitio web de la respectiva SEREMI de Salud.
- Pague el valor del trámite en la caja de la SEREMI de Salud o en la Tesorería General de la República. Recibirá un comprobante de pago.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la aprobación de la obra de agua. Obtendrá una resolución de autorización o rechazo, en un plazo de 30 a 90 días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másArancel 2018:
El arancel del trámite se reajusta anualmente en enero y tiene la siguiente componente, dependiendo de la capacidad de abastecimiento:
- Hasta 35 personas: 70 mil 400 pesos.
- Por capacidad para cada 25 personas adicionales: 23 mil 700 pesos.
- Arancel máximo: 700 mil 400 pesos.
Marco Legal
Conocer másDecreto Supremo N° 735 de 1969 del Ministerio de Salud, que establece el reglamento de agua para consumo humano.