Autorización de obras de agua potable o aguas servidas domésticas particular

Última actualización:

Permite el funcionamiento de una obra de sistemas de agua potable o tratamiento de aguas servidas particular (alcantarillado) para una instalación o propiedad específica, en zonas donde no existe cobertura o provisión de agua por parte de una empresa sanitaria.

Para que la obra sea aprobada es necesario que los interesados cuenten con la resolución que aprueba el proyecto de agua potable o tratamiento de aguas servidas. Una vez que el servicio de agua potable esté disponible, la resolución tendrá validez mientras dure la fuente de captación, es decir, mientras exista agua para potabilizar o se cumpla con las instalaciones regularizadas.    

El trámite se puede realizar durante todo el año.

Personas naturales o jurídicas que habiten o desarrollen sus actividades donde no existe cobertura o provisión de agua por parte de una empresa sanitaria.

Importante: el trámite lo debe realizar el proyectista responsable de la obra, quien debe estar previamente inscrito en el registro de proyectistas de agua potable.

Importante: las SEREMI de Salud pueden requerir los documentos presentados durante la etapa de aprobación del proyecto de agua potable o tratamiento de aguas servidas. Obtenga más información por teléfono o a través del sitio web de cada SEREMI de Salud.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud correspondiente a su comuna.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la aprobación de una obra de agua potable o tratamiento de aguas servidas.
  4. Entregue los antecedentes requeridos y complete el formulario si no lo descargó previamente del sitio web de la respectiva SEREMI de Salud.
  5. Pague el valor del trámite en la caja de la SEREMI de Salud o en la Tesorería General de la República. Recibirá un comprobante de pago.
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado la aprobación de la obra de agua. Obtendrá una resolución de autorización o rechazo, en un plazo de 30 a 90 días hábiles.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

Arancel 2018:

El arancel del trámite se reajusta anualmente en enero y tiene la siguiente componente, dependiendo de la capacidad de abastecimiento:

  • Hasta 35 personas: 70 mil 400 pesos.
  • Por capacidad para cada 25 personas adicionales: 23 mil 700 pesos.
  • Arancel máximo: 700 mil 400 pesos.

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Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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