Recepción de mercancía o vehículos extranjeros en Almacén Aduanero

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Permite entregar al Servicio Nacional de Aduanas una mercancía o vehículo extranjero que se encuentre amparado por una destinación de régimen suspensivo.

La Aduana realiza un reconocimiento físico de la mercancía antes de su almacenamiento. En caso de que la entrega de la mercancía se efectúe fuera del plazo reglamentario del régimen suspensivo, el solicitante debe pagar un recargo.
El trámite está disponible durante todo el año en las oficinas del Servicio Nacional de Aduanas.

Personas naturales o agentes de aduana.

  • Solicitud de entrega de vehículos (SEV) o Solicitud de entrega de mercancías (SEM).
  • Documento de régimen suspensivo que permitió el ingreso al país de la mercancía o vehículo.
  • Documento de pago de recargo (GCP F-09 cancelado), por artículo 154 de la Ordenanza de Aduanas, si fuere procedente.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una de las oficinas de Aduanas.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar recepción de mercancía o vehículos extranjeros en almacén aduanero.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de un día hábil.
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